Ley de Tránsito Nº24449 y modificatorias actualizadas 2018..

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danyunquillense
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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por danyunquillense » Sab Abr 06, 2013 10:13 am

La vtv no es obligatoria en muchos lugares ,por ejemplo el interior de cordoba , pero cuando salis a las rutas nacionales no hay lola ,la tenes que tener ....

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lanave608rafael
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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por lanave608rafael » Lun Abr 08, 2013 1:38 am

hola me paro gendarmeria hace unos dias y me pidio
registro ...tengo categoria c
cedula..titular
seguro...civil
y fue directamente a ver la vtv...
que la tengo al dia y ahora dice para casarodante...

dijo siga nomas y listo...

saludos

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PANDRES10
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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por PANDRES10 » Lun Abr 08, 2013 2:04 am

hay alguna norma o reglamentacion impresa en donde diga esto???
pregunto, porque hasta donde yo se, los residente de capital no necesitan hacer verificacion tecnica, circulen o no por las rutas argentinas. por lo menos hasta el 2014.
por eso me llama la atencion, a mi me han parado en distintos lugares y nadie me pidio la verificacion al ver que la cedula verde estaba radicada en capital federal.
la cosa cambio ahora???
se necesita tener la reglamentacion a la vista para saber cuales son nuestros derechos y obligaciones.
creo que es necesario saber de antemano cuales son las reglamentaciones, no de oido, sino la real.
si alguien la tiene, por favor que la suba asi la imprimimos.
o al menos un link o enlace en donde sacar la informacion que nos aclare como es la cosa
:-( :-( :-( :-(
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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por gimnasiolatorre » Lun Abr 15, 2013 10:47 am

pregunta..... el link no lo puedo abrir como puedo hacer????
y otra cosa yo tengo el carnet para casa rodante y acoplado ..... pero es E1 y no veo que nadie lo tenga que es el mio esta bien?
gracias!!!!
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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por danyunquillense » Lun Abr 15, 2013 11:13 pm

Eso de que no te piden la vtv si sos de cap fed es historia vieja !!! si vas por las nacionales es obligatoria y esa información te la dan cuando haces la técnica ....
En mi pueblo tampoco es obligatoria ,anda a decircelo a un gendarme en la ruta ! ...

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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por danyunquillense » Lun Abr 15, 2013 11:21 pm

El otro dia pise la doble línea intentando pasar un auto ... Al costado , $750 ... como no tenia la plata en termino me llego a los 20 días notificacion , considerándome en rebeldía y obligándome a pagar $3000 si o si !!! y me sacaron 10 puntos del carnet de los 20 totales y dice textualmente que no te renuevan el mismo si no pagas ... primero que no voy a tener ese dinero en 15 días y segundo cuanto me cobraran si no pago en termino y tercero ,estoy en un aprieto ....jaja ... mamita ,por Dios !
Soy Revelde , Soy rebelde , soy recontra rebelde porque no tengo plata !!!

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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por lanave608rafael » Mar Abr 16, 2013 8:58 pm

JAJAJAJAJAJAJ ....si es un garron .....en cordoba me pidieron portación de arma ....PARAA...jajajajaj
cuantas personas viajan etc...
y me dejaron seguir...
avecés no piden nada... y avecés piden registro seguro vtv cedula verde...si o si luces encendidas..

les mando saludos REBELDES jajajajajaj....

solyesteban
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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por solyesteban » Sab May 18, 2013 9:04 pm

buenas noches!!creo poder ayudar en varias de sus dudas expresadas,con respecto a las multas,scorin(la quita de puntos),ley nacional,provincial etc etc les comento que la ley de transito es unica y es como ya la conocemos 24.449 ahora que pasa?todos nos regimos a esta ley salvo cordoba y rosario asi como tambien si no me equivoco catamarca o neuquen(no recuerdo bien),la ley provincial de transito esta dentro de la ley de 24.449 que es UNICA pero como ya sabemos los queridos rosarinos tienen su propia ley(lo dijo con respeto)lo hicieron para su propia economia ya que nosotros los profecionales del volante ignoramos sus articulos.Ejemplo:siguen pidiendo la bolsa mortuaria....que es??para tapar cadaveres!!!les comento que no somos profecionales idoneos para saber si la persona es mureta o desvanecida...se entiende??por esto y muchas otras cosas les aconsejo respectar cualquier señal de transito(carteles,luces,sonido,velocidades minimas o maximas)en estas provincias puntualmente...!!!
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lui
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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por lui » Sab May 18, 2013 10:07 pm

Interesante el post y si me permiten, quiero poner mi granito de arena.

La República Argentina ha firmado todos los convenios internacionales multilaterales que le obliga a tener normativas de tránsito uniforme y coherente a las normas de tránsito de aplicación internacional, llámese cartelería vertical, horizontal ( las pintadas en el pavimento) y normas escritas que rigen la conducción de los vehículos en las rutas y ciudades.

La ley de tránsito nacional rige dentro de la jurisdicción nacional ( v.gr. rutas nacionales) y en todo aquel ámbito que las autoridades de una determinada jurisdicción se hubiere adherido: en vez de dictar sus normas propias, directamente aplica la norma nacional como si fuera propia.

Ahora bién: puede un municipio dictar sus propias normas en contra de la nacional o ampliando las no previstas en la nacional ?. No, porque dicho municipio también está obligado aplicar las normas internacionales a las cuales nuestro país ha adherido (caso contrario sería una norma municipal ilegal). Y además, no podría ir en contra de la ley nacional ya que esta última es una transcripción literal de las normas internacionales, de las cuales estamos obligados nosotros también cumplir. Entonces, no puede ir en contra.

Pero por ejemplo, un municipio o provincia podría mejorar la norma nacional para aquellos casos que por omisión no han sido previsto expresamente ?. Sí lo puede hacer, en tanto y cuanto aplique otra normativa que está prevista en las normas nacionales e internacionales: la utilización de los correspondientes carteles que sean lo suficientemente claros a fin de que un conductor nacional (vecino de extraña provincia) o extranjero, tenga la posibilidad de identificarlo e interpretarlo correctamente a dicho cartel. Tengo un ejemplo: todos conocen el cartel que prohibe girar a la izquierda en una encrucijada. Aveces por necesidades operacionales, el municipio una cuadra antes coloca un cartel con idéntica prohibición pero aclarando debajo "en próxima esquina" (o en próxima bocacalle). En la ciudad de Córdoba suele utilizarse desde hace muchos años.

En materia de carnet de conducir, cada municipio puede emitir su propio carnet ( somos un país federal :-D :-D , perdón, fue un desliz) , en tanto y cuanto se ajuste a lo establecido a la norma nacional ya que lo reitero, esta última cumple con las normativas internacionales sobre la materia.
Hoy se está hablando incluso de emitir un solo registro nacional ( como si fuera un D.N.I.) y me parece que como solución para unificar es muy buena. De esta forma se evitaría que personas inhabilitadas para conducir obtenga su carnet en otras jurisdicciones. :sombrero: Lui

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Juan.santiago
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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por Juan.santiago » Sab May 18, 2013 10:53 pm

Muy importante lo que dice LUI.- Agrego algunas datos practicos.- El ITV es uno de las tantos aspectos que entra en las zonas oscuras de las legislaciones en nuestro paìs.- Conclusion: Sacarlo y tenerlo al dia por las dudas.- En las rutas de Cordoba, en los controles si tenes las luces bajas encendidas y los cinturones de adelante y de atras puestos (niños por ej. que deben ir atras) , es muy probable que no te paren.- Hay que reconocer a la Policia de Cba. que ha logrado imponernos esas dos cosas a tal punto que salimos a la ruta y en un acto reflejo verificamos las luces y nos ponemos los cinturones.- Ahora que han logrado eso creo que estan poniendo enfasis en el respeto a las lineas en la ruta para los sobrepasos, la velocidad y tambien en el alcohol.- Una opinion: Creo que el control debe hacerse paulatinamente sobre dos o tres reglas puntuales hasta que nos domestican que la cosa es asi y logrado esto se pasa a controlar otras.- Pero querer hacer cumplir todas las reglas hasta las menos importantes al mismo tiempo, no da resultado porquè no sabemos a que atenernos, se pierde respeto y al final no aprendemos a respetar ninguna.-Una opinion: Deberia haber una legislacion nacional unica para los aspectos basicos, aplicable en todos lados (nada de que las pcias. puedan adherirse o nol el margen de las Pcias. y Municipios deberia ser minimo)) y tambien la policia de transito en todas las rutas, deberia ser federal o nacional como es en Chile (el carabinero) ò Brasil (Policia Rodoviaria Federal), vestido de la misma manera y aplicando los mismos criterios de exigencia, etc. Eso lograria educarnos mas rapido, y evitariamos muchas muertes inutiles.- Incluso hasta podrian anticiparte sobre que reglas "te incharan las b....s", para saber a que atenerte y que todo sea mas previsible y los efectos mas rapidos y positivos.- Yo en una ciudad mediana como la mia, trataria de imponer la prioridad de paso (del que proviene de la derecha en las bocacalles sin semaforos u otra indicacion) y el respeto al peaton en las zonas peatonales.- "Joderia" hasta que la gente se convenza que debe cumplir esa dos reglas tan importantes y luego seguiria con otras puntuales.- Ademas de los controles, crearia un sano conflicto entre el peaton que esigiria que se lo respete y el automovilista que tambien le exigiria al peaton que no cruce en la mitad de cuadra.- Me baso en lo que ocurriò con la prohibicion de fumar en bares, etc.-que se impuso tan rapido en mi ciudad.- Fue un merito de la autoridad, un poco, pero tambien y primordialmente por el conflicto con los no fumadores que exigian al fumador que respetara la ley.- Pero ademas, advertiras que en una bocacalle te paras con tu auto y le haces seña al peaton que esta esperando para cruzar y el tipo o tipa para agradecerte muchas veces te hace una reverencia hasta el suelo.- Te decis a ti mismo: "Que buen tipo que soy", jajaja.- Bueno el tema da para mucho. Saludos.-

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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por solyesteban » Dom May 19, 2013 10:46 pm

Buenas noches!!!tengan muy encuentra en las categorías de la licencia en llevar el peso que la categoría lo autoriza,de lo contraria ante cualquier eventualidad la van a pasar mal,y hasta pueden perder la licencia por varios meses...saludos y avisen para el 25 de mayo!!!!
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danyunquillense
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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por danyunquillense » Mié Jun 12, 2013 11:18 pm

Otra para tener en cuenta , en autopista Cordoba Rosario hay carteles que dicen máxima 130 ...
Bien , muchos de nosotros no sabemos que los vehículos hutilitarios , llamese furgones , camionetas de todo tipo , combis , colectivos , motorhomes , todos ellos no pueden superar allí los 110 kmph .
La gente confiada pisa esas camionetas que a 110 vas caminando y se dan con la sorpresa ...
Se cansan de hacer multas en cordoba de ese tipo ...
Lo digo con conocimiento de causa ya que durante 3 años mi sobrino viajo todos los días por ahí a 120 confiado y con margen de sobra y el otro dia lo pararon le hicieron la multa de $850 pago en el momento y la quita de 10 puntos ... iba en una fioruno furgón....
Ejemplo , partener Patagonia o cangoo vidriada puede ir a 130 , sin vidrio a 110 ...y asi con todas las marcas
Ojo , no todos lo saben ...

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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por DIEGUCHY » Mié Jul 10, 2013 2:25 pm

BUENAS A TODOS, LA VERDAD NO ENTIENDO CUAL ES INCONVENIENTE A RESPETAR LAS LEYES DE TRANSITO? SOY CHOFER PROFESIONAL DESDE HACE 12 AÑOS Y ANDUVE POR VARIAS PROVINCIAS DE NUESTRO QUERIDO PAIS. HASTA EL DIA DE LA FECHA, Y ESPERO SEGUIR ASI, NO TENGO NI UNA MULTA, Y NO POR QUE TUVE SUERTE O POR QUE SOY EL SR. COIMA, SOLAMENTE RESPETO LAS SEÑALES Y POR SOBRE TODO RESPETO A LAS PERSONAS Y A LA VIDA. NO COMPARTO CUANDO SE QUIERE BUSCAR EXCUSAS O MERMAR LA FALTA COMETIDA. ME INDIGNA LA GENTE QUE VA EN LA RUTA COMO SI FUERA UN AUTODROMO, PERO TAMBIEN ME INDIGNA EL QUE NO VA TAN RAPIDO PERO NO RESPETA UN SEMAFORO, UNA RAMPA DE DISCAPACITADO, O UNA SIMPLE DOBLE LINEA AMARILLA. MI ABUELO CUANDO ME ENSEÑO A MANEJAR, ME DIJO QUE NO ES UN DERECHO CONDUCIR, ES UNA RESPONSABILIDAD!!! TODOS DECIMOS QUE EN ARGENTINA SE MANEJA MUY MAL, PERO TODOS SOMOS LOS QUE MANEJAMOS MUY MAL. SALUDOS A TODOS Y TOMEMOS CONCIENCIA Y RESPETO POR LA VIDA DE TODOS.
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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por SGK » Lun Abr 21, 2014 10:58 am

dga205 escribió:Hola a todos.
Por el tema de la VTV, no me queda claro si la tengo que hacer o no. Tengo una minirod de 4 pernosas, osea no llega a ser una casa rodante, y pesa menos de 700k, hay que hacer la VTV?
Estoy en la misma que vos DGA, por lo que averigué la CR tiene que tener cedula verde (o sea estar incripta en RNPA) para que te puedan hacer la VTV, sin eso ni se molestan en revisarla.

Abrí otro post (otro mas) justamente por el tema del patentamiento: Es obligatorio patentar la CR?

Saludos!

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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por Radragaz » Lun Abr 21, 2014 8:14 pm

SGK escribió:
dga205 escribió:Hola a todos.
Por el tema de la VTV, no me queda claro si la tengo que hacer o no. Tengo una minirod de 4 pernosas, osea no llega a ser una casa rodante, y pesa menos de 700k, hay que hacer la VTV?
Estoy en la misma que vos DGA, por lo que averigué la CR tiene que tener cedula verde (o sea estar incripta en RNPA) para que te puedan hacer la VTV, sin eso ni se molestan en revisarla.

Abrí otro post (otro mas) justamente por el tema del patentamiento: Es obligatorio patentar la CR?

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Si pesa menos de 700 kg. se desplaza con patente 101-XXX y está eximida de VTV...Distinto es el caso de las doble eje y de las de mayor peso....Solo se requiere "extensión de seguro de vehículo tractor" :cascarrabia:
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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por SGK » Lun Abr 21, 2014 9:17 pm

Radragaz escribió: Si pesa menos de 700 kg. se desplaza con patente 101-XXX y está eximida de VTV...Distinto es el caso de las doble eje y de las de mayor peso....Solo se requiere "extensión de seguro de vehículo tractor" :cascarrabia:
Tenes la fuente oficial donde esta reglamentado eso? Busco y busco pero no encuentro nada oficial.
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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por gabyanzil » Mar May 06, 2014 12:50 pm

hola yo tengo B2 y me habilita a viajar en el motorhome ducato (hasta 3500kg) con un carro atrás ,(hasta 750kg). y llevar asta 9 personas ese es el B2 sin duda . el tema es si el motorhome es mas grande , hay tiene que ser categoría "C" , saludos :sombrero:

meralf
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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por meralf » Dom Jun 21, 2015 11:42 am

hola a todos quisiera saber si en una ducato furgon pronto mh puedo andar con mi hijo de 5 años adelante ya que no cuenta con asiento atrás y la otra pregunta va estar patentada cuando me la entreguen furgon y la voy a empezar a realizar los trabajos para hacerla mh que pasa en la ruta si me paran ? desde ya muchas gracias :sombrero: :o

Carlos Federico
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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por Carlos Federico » Lun Jun 22, 2015 6:41 pm

La Ley 24449 dice que en el artículo 40 inciso g, que los menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero. Como no establece excepciones, opino que la respuesta a tu pregunta es que tu hijo no puede viajar sentado adelante, en ningún tipo de vehículo.
Respecto a si te paran en la ruta, lo lógico sería que no te molesten. El cambio de tipo (de furgón a mh) recién te lo tomará el Registro Automotor cuando esté terminada y en la verificación policial (Formulario 12) pongan en observaciones: "motorhome" o "casa rodante motorizada". Pero, sin lugar a dudas, la lógica en un puesto caminero puede ser distinta.
Saludos.

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Re: Ley de tránsito 24449

Mensaje por SerMir - Baradero » Lun Jun 22, 2015 7:23 pm

Carlos Federico escribió:La Ley 24449 dice que en el artículo 40 inciso g, que los menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero. Como no establece excepciones, opino que la respuesta a tu pregunta es que tu hijo no puede viajar sentado adelante, en ningún tipo de vehículo.
Respecto a si te paran en la ruta, lo lógico sería que no te molesten. El cambio de tipo (de furgón a mh) recién te lo tomará el Registro Automotor cuando esté terminada y en la verificación policial (Formulario 12) pongan en observaciones: "motorhome" o "casa rodante motorizada". Pero, sin lugar a dudas, la lógica en un puesto caminero puede ser distinta.
Saludos.
Carlos, las normas del foro indican que como primer posteo hay que realizar una presentación asi sabemos con quien hablamos. Te invito a pasar por la seccion temas generales y sociales a hacerla. :sombrero:
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