Importante nueva reglamentación

Consultas, consejos y novedades sobre documentación y normativa vigente, muy útiles a la hora de salir a la ruta

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Reglas del Foro
Sigamos éstas reglas por favor que son muy simples:

Abrir un tema nuevo y PRESENTARSE en el subforo: Temas General < (click aquí). Cuentenos por favor su nombre, ubicación, que movilidad posee, marca, modelo, etc, y cualquier detalle necesarios que desee hacernos saber. (Se recomienda No utilizar mayúsculas, pues equivale a "Gritar"), y es importante Completar los datos del: PERFIL < (click aquí)

Realizar las consultas en el SUBFORO CORRESPONDIENTE, (de acuerdo al tema que vaya a tratar), ejemplo: Mecánica, Equipamiento, Seguridad, Campings, etc. NO OLVIDE ACLARAR en el TITULO y en forma breve de que trata, ó a que se refiere su consulta, (no escriba cosas como: "Socorro!!!", ó "Ayudaaaa". Mencione concretamente la Marca, Cosa, ó Lugar que este relacionado con el contenido de SU mensaje).

ESTA TERMINANTEMENTE PROHIBIDO ofrecer artículos ó servicios a COMERCIANTES ó EMPRESAS que no hayan sido autorizadas a hacerlo. (para ser Vendedor Autorizado de Rodanteando, deberá solicitar el pedido aquí: >click aquí<

• Faltar en alguna de las reglas básicas mencionadas puede dar lugar a la remoción ó borrado de su mensaje, y reiterarlo conduce a la suspensión temporal ó definitiva del autor •

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rodanchota
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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por rodanchota » Sab May 30, 2020 12:28 pm

Carlos El Abuelo escribió:
Sab May 30, 2020 9:05 am
rodanchota escribió:
Vie May 29, 2020 9:17 pm
Carlos El Abuelo escribió:
Vie May 29, 2020 7:41 pm
rodanchota escribió:
Vie May 29, 2020 5:05 pm
Es un quilombo esto muchachos, llame a varios fabricantes que homologan y lo que exigen es ridículo, quieren que el chasis básicamente sea actualizado a upn o estructural de dimensiones enormes, veo bien el tema frenos eléctricos si excede los 750 kg, piden también que tenga un modulo por si se desengancha que vale $40.000, tortuga homologada, $25.000, tramite (firma) $35.000 y aparte el tema de agregar las luces y modificar el chasis. Una locura, creo que deberiamos juntarnos de alguna manera para exigir que esto no quede efectivo. Creo que con verificar que el chasis no esta podrido ni todo torcido y reúna los elementos de señalizacion y frenos ya estaría. Todo el día estuve averiguando esto llamando a varios fabricantes. La gran mayoria de las casitas no reune lo que piden, insisto con lo de seguridad esta bien, ahora actualizar todo un chasis va a salir mas caro que comprar una nueva.
Estoy re caliente con este tema con todo lo que labure en la rodante.
Un abrazo a todos
Vuelvo a insistir todo lo que puedan decir los fabricantes y entes fuera del gobierno no hay que hacerle caso nadie puede afirmar como va a ser la reglamentacion definitiva
Si es verdad lo que decís, de echo el tema de la patente se viene prorrogando hace mil años, pasa que me agarra la locura con lo que escucho, que un fabricante me diga que lo que hice no sirve cuando lo que fabrican ellos no es lo que me exigen a mi ( en realidad a todos) con casa rodantes nuevas que hay que ponerle 15 kilos de sellador para que no entre agua y cambiar las ruedas porque ponen pasadas de peso, etc, etc. Me saca no lo puedo evitar
jajajajaja sisi
Vas a envejeser prematuramente :-D :-D :-D

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Albergar
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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por Albergar » Sab May 30, 2020 7:24 pm

:sombrero:
Si cuando compré la CR en 2017 hubiera sabido la mitad de lo que sé ahora, minga la iba a comprar :-o . En cuanto diera un par de vueltas alrededor le sacaba todos los defectos :viejo: y se la iban a meter en ... :silbo:
Pero igual pienso, quien nos quita lo bailado. Lástima que bailamos poco, otros mucho y algunos nada. Lamentablemente, ahora antes de salir de vacaciones tendremos que ponernos en contacto con un abogado de confianza que entienda del tema :leer: , ya que alguna cominera nos puede hacer pasar un mal rato, mientras todo esto esté así de turbio. Me pregunto si será suficiente...
Luego no hay que desesperarse, porque una cosa son las nuevas que tendrán que salir con todos los chiches y otra son las viejas, que sí deberán tener los requisitos esenciales. Similar a los autos nuevos y los viejos.
Lo que me da bronca son las picardías de los fabricantes que saben lo que deben hacer, pero omiten hacerlo por diver$a$ razone$. Si no te das cuenta, pelito pa' la vieja! Pero pagamos menos que si fuera buena. :-? :-? :-? Y probablemente dejamos de comprar otra más cara y menos linda, que sí cumplía con la reglamentación vigente. La importancia de asesorarnos bien.
Si no me hubiera dado cuenta, me hubiera llevado la CR con el eje al revés. Si no la hubiera pesado, todavía circularía con las cubiertas excedidas de peso y de presión, y no hubiera reclamado. Si no me hubiera dado cuenta, pensaría que el vidrio se rompió con una piedra y no por un defecto de fabricación que me cubrió la garantía. Si no me hubiera dado cuenta se me hubiera manchado todo el harboard del baño y la despensa con el vapor del calefón eléctrico. Si no me hubiera dado cuenta, se me hubiera llenado de agua por falta de sellado interno de los guardabarros. No quisiera aburrirlos con el resto, porque hay más.
Tal vez se empiecen a ver al principio CR menos vistosas pero más seguras y livianas. Si lo hacen bien, es un bien para todos.
:o
Saludos !!!

Alberto

La CR en la fábrica sep/2017--> https://drive.google.com/open?id=1wNeag ... TqhVZsVY0B
El conjunto rodante original 2017--> https://drive.google.com/open?id=1LNNyF ... _SR9Koyk0c
El conjunto original desde atrás--> https://drive.google.com/open?id=1f7C-b ... rjCte5Sfha
El trailer-carpa usado 20 años hasta 2017--> https://drive.google.com/open?id=1w8rFb ... TjHRS3hV5p

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Radragaz
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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por Radragaz » Sab May 30, 2020 7:43 pm

Albergar escribió:
Sab May 30, 2020 7:24 pm
:sombrero:
Si cuando compré la CR en 2017 hubiera sabido la mitad de lo que sé ahora, minga la iba a comprar :-o . En cuanto diera un par de vueltas alrededor le sacaba todos los defectos :viejo: y se la iban a meter en ... :silbo:
Pero igual pienso, quien nos quita lo bailado. Lástima que bailamos poco, otros mucho y algunos nada. Lamentablemente, ahora antes de salir de vacaciones tendremos que ponernos en contacto con un abogado de confianza que entienda del tema :leer: , ya que alguna cominera nos puede hacer pasar un mal rato, mientras todo esto esté así de turbio. Me pregunto si será suficiente...
Luego no hay que desesperarse, porque una cosa son las nuevas que tendrán que salir con todos los chiches y otra son las viejas, que sí deberán tener los requisitos esenciales. Similar a los autos nuevos y los viejos.
Lo que me da bronca son las picardías de los fabricantes que saben lo que deben hacer, pero omiten hacerlo por diver$a$ razone$. Si no te das cuenta, pelito pa' la vieja! Pero pagamos menos que si fuera buena. :-? :-? :-? Y probablemente dejamos de comprar otra más cara y menos linda, que sí cumplía con la reglamentación vigente. La importancia de asesorarnos bien.
Si no me hubiera dado cuenta, me hubiera llevado la CR con el eje al revés. Si no la hubiera pesado, todavía circularía con las cubiertas excedidas de peso y de presión, y no hubiera reclamado. Si no me hubiera dado cuenta, pensaría que el vidrio se rompió con una piedra y no por un defecto de fabricación que me cubrió la garantía. Si no me hubiera dado cuenta se me hubiera manchado todo el harboard del baño y la despensa con el vapor del calefón eléctrico. Si no me hubiera dado cuenta, se me hubiera llenado de agua por falta de sellado interno de los guardabarros. No quisiera aburrirlos con el resto, porque hay más.
Tal vez se empiecen a ver al principio CR menos vistosas pero más seguras y livianas. Si lo hacen bien, es un bien para todos.
:o
Hace ya varios años atrás, aquí, en el foro se podía leer la que se venía... (más tarde o más temprano)... Mucho se habló de los "Desastres Rodantes CERO km.". El mercado rodantero puede analizarse de pocas formas...: La compra "por impulso"......la compra "meditada y programada". La compra "salga pato o gallareta"..... En lo personal me ligué varios disgustos... Desde lo técnico por citar marcas (la mayoría de fantasía) buenas regulares y malas.....Si convenia comprar "viejo y patentada o nueva + la 101xxx....Que era un mentiroso porque citaba lo de la inscripción, emisión de título y cédula tal si fuese un auto SIN motor.... Muchos no me creían...otros no querían saber ni que le frustrases el proyecto hablando de fabricantes chantas y cuestiones administrativas.. No sabían que era Itatí, o Mi Arlequín....o WeekEnd....o Anahí o Andariega.... Del 2000 para acá nos ganó la berretada...la de hierros finitos, la de cables que parecen hilos, la berretada de las filtraciones y de las soldaduras hechas por inexpertos.....la de remaches que volaban....las masas viejas que hacían que se te saliera una rueda en plena ruta....las lanzas que se desprendían o las ventanas que reventaban..... Finalmente.......el tiempo pasó. Muchas gracias por tu relato!!!

PD: te recomiendo poner en el buscador LCM y te vas a poder conectar más certeramente con esta historia...
Marcos y Silvia..Alma Rodantera....
Imagen Imagen :triste: :triste: :(

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rodanchota
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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por rodanchota » Lun Jun 01, 2020 9:54 am

Hay un curro dando vueltas, sigo sosteniendo que todo lo que exigen tiene que ser para lo nuevo (de echo lo que exigen los fabricantes ellos mismos no lo instalan es sus casas nuevas y te piden 1 palo por una rodante) si el estado permitió que durante 50 años se vendieran casas rodantes o que uno se lo pueda fabricar y haciendo una patente a la vuelta de la esquina porque el registro no la emite y así y todo uno podía circular no pueden salir ahora diciendo que todo lo que estaba no sirve mas.
Insisto en el tema seguridad esta bárbaro, frenos, cinta refractaria, luces a los costados y por supuesto que no este podrido. Pero ahora te piden 5 luces rojas atrás, 5 adelante blancas (a la altura del techo) luces naranja de costado, cinta refractaria hasta en la lanza (seria lo de menos) triángulos refractarios atrás básicamente un arbolito de navidad, insisto en las nuevas ninguna lo tienen.

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Carlos El Abuelo
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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por Carlos El Abuelo » Mar Jun 02, 2020 9:11 am

Consulte al INTI

Buen dia
Tengo una casa rodante ustedes ya tienen la normativa como para homologarla ????

Por ahora contestaron esto

Gracias por contactarse con nosotros por este medio.

Con respecto a su consulta le informo que ha sido derivada internamente para ser analizada y poder brindarle una pronta respuesta.

Esperando haber sido de ayuda, saludo atentamente.
Saludos de Carlos El Abuelo (LU 5 ECE)

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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por rodanchota » Mar Jun 02, 2020 5:07 pm

Hola gente como andan? ayer mande un mail al INTI diciendo que tengo una casa rodante de los años 80 echa a nuevo y queria saber como podia hacer para patentarla y me mandaron esto:

Estimado:
Informo sobre requisitos aplicables al caso planteado por usted:

El Decreto Reglamentario N º32/2018, el cual modifica y actualiza el
Decreto Nº 779/1995, Art 9, inciso d), en su 5º párrafo, determina:
“Que aquellos vehículos que por sus características y/o prestaciones
técnicas no reúnan los requisitos y estándares establecidos en la
reglamentación de la certificación de seguridad vehicular, deberán
portar una placa identificatoria alternativa, quedando su circulación
restringida a los alcances que determine la AGENCIA NACIONAL DE
SEGURIDAD VIAL y/o la COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD
VIAL en el marco de sus competencias.
Que en idéntico tratamiento que a los vehículos en los supuestos
anteriores, se otorgará el certificado de seguridad vehicular a todos
aquellos que carecieren de Licencia para Configuración de Modelo y de
la Licencia de Configuración Ambiental, por no encontrarse
comprendidos en la calificación de vehículo CERO KILÓMETRO (0 km) de
producción seriada y en virtud de los cuales se peticionare su
inscripción inicial en el Registro Nacional de la Propiedad del
Automotor. Se consideran alcanzados bajo este supuesto a los acoplados
usados que carecen de LCM, carretones y vehículos especiales o cuyo
porte exceda los parámetros establecidos”.

A tal efecto, la Disposición MT Nº58/2018, en su artículo 2º, da por
aprobado el instructivo para la emisión de CERTIFICADO DE SEGURIDAD
VEHICULAR para los vehículos de la Categoría O2, O3 y O4. Debiendo
comunicarse con la COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL,
al Teléfono 5776-2600, interno: 1215, en el horario de lunes a viernes
de 08:00 a 16:00hs., ubicada en Maipú 255 C.A.B.A.

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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por JULI » Mar Jun 02, 2020 5:11 pm

Bien Rodanchota!!!
M Gracias por compartir,
para saber que será del destino de nuestras amadas casitas rodantes viejas...
:sombrero:
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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por rodanchota » Mar Jun 02, 2020 5:26 pm

https://www.argentina.gob.ar/normativa/ ... ualizacion

Vallan casi al final hay un cuadro, un poco mas arriba esta el punto D creo que ahi empieza lo que seria para las rodantes, como lo ven?

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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por rodanchota » Mar Jun 02, 2020 5:26 pm

JULI escribió:
Mar Jun 02, 2020 5:11 pm
Bien Rodanchota!!!
M Gracias por compartir,
para saber que será del destino de nuestras amadas casitas rodantes viejas...
:sombrero:
No sabes como me tiene este tema, no duermo de noche

Eduardo J
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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por Eduardo J » Mar Jun 02, 2020 6:09 pm

Vamos por parte.
Yo fui a maipu y de ahí se mudaron.
Luego fui a paseo Colón y De ahí me mandaron a corrientes y callao.
Ahí presente mi documentación en diciembre 2019 nunca me contestaron.
Fin del relato.
Eduardo.

Eduardo J
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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por Eduardo J » Mar Jun 02, 2020 6:11 pm

Pude homologar mi tráiler.
De la casa rodante sigo esperando.
Tengo una copia que me hice sellar en mesa de entrada.
Edu

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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por rodanchota » Mar Jun 02, 2020 6:25 pm

Eduardo J escribió:
Mar Jun 02, 2020 6:11 pm
Pude homologar mi tráiler.
De la casa rodante sigo esperando.
Tengo una copia que me hice sellar en mesa de entrada.
Edu
Montoto sabe entonces como va a ser esto, nunca algo facil.

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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por Carlos El Abuelo » Mar Jun 02, 2020 7:22 pm

Estimando la inoperancia que tienen muchos funcionarios que deben resolver este tema va a ser muy dificil que resuelvan algo con criterio

Porque deberian consultar a varias personas que estan en el tema de seguridad de elementos y eso no lo van a hacer por soberbia opinion personal
Los que fabrican frenos electricos se van a poner las botas :-D :-D :-D
Tenemos a todos los feriantes que van a tener que tirar todos sus carromatos
Vi muchas veces en la ruta remolque hechos con caños y ruedas de moto donde llevan los planeadores
Los que llevan sus lanchas tambien van a tener problemas
Otros son los que llevan los coches de carrera
Y no nos olvidemos de todos los artefactos del campo
Saludos de Carlos El Abuelo (LU 5 ECE)

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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por Carlos El Abuelo » Jue Jun 04, 2020 3:34 pm

Mande esto al INTI el 02/06/20

Buen dia
> Tengo una casa rodante ustedes ya tienen la normativa como para
> homologarla ????

Hoy me preguntaron esto

Estimado:
Favor de indicar el peso de la casa rodante para poder clasificarla.

No tengo el peso real pero le mande segun balanza 1243 kilos veremos que contestan
Saludos de Carlos El Abuelo (LU 5 ECE)

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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por Carlos El Abuelo » Jue Jun 04, 2020 3:35 pm

Mande esto al INTI el 02/06/20

Buen dia
> Tengo una casa rodante ustedes ya tienen la normativa como para
> homologarla ????

Hoy me preguntaron esto

Estimado:
Favor de indicar el peso de la casa rodante para poder clasificarla.

No tengo el peso real pero le mande segun balanza 1243 kilos veremos que contestan
Saludos de Carlos El Abuelo (LU 5 ECE)

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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por Carlos El Abuelo » Lun Jun 08, 2020 9:23 am

Aca estan todas mis preguntas y las respuestas referente a la nueva ley

Esto es lo que me respondieron del INTI

BORRADO POR SOLICITUD DEL AUTOR
Saludos de Carlos El Abuelo (LU 5 ECE)

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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por Carlos El Abuelo » Lun Jun 08, 2020 9:26 am

Carlos El Abuelo escribió:
Lun Jun 08, 2020 9:23 am
De acuerdo a mis preguntas sobre las normativa que se viene

Esto es lo que me respondieron del INTI

Estimado:

El Decreto Reglamentario N º32/2018, el cual modifica y actualiza el
Decreto Nº 779/1995, Art 9, inciso d), en su 5º párrafo, determina:
“Que aquellos vehículos que por sus características y/o prestaciones
técnicas no reúnan los requisitos y estándares establecidos en la
reglamentación de la certificación de seguridad vehicular, deberán
portar una placa identificatoria alternativa, quedando su circulación
restringida a los alcances que determine la AGENCIA NACIONAL DE
SEGURIDAD VIAL y/o la COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD
VIAL en el marco de sus competencias.

Que en idéntico tratamiento que a los vehículos en los supuestos
anteriores, se otorgará el certificado de seguridad vehicular a todos
aquellos que carecieren de Licencia para Configuración de Modelo y de
la Licencia de Configuración Ambiental, por no encontrarse
comprendidos en la calificación de vehículo CERO KILÓMETRO (0 km) de
producción seriada y en virtud de los cuales se peticionare su
inscripción inicial en el Registro Nacional de la Propiedad del
Automotor. Se consideran alcanzados bajo este supuesto a los acoplados
usados que carecen de LCM, carretones y vehículos especiales o cuyo
porte exceda los parámetros establecidos”.



A tal efecto, la Disposición MT Nº58/2018, en su artículo 2º, da por
aprobado el instructivo para la emisión de CERTIFICADO DE SEGURIDAD
VEHICULAR para los vehículos de la Categoría O2, O3 y O4. Debiendo
comunicarse con la COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL,
al Teléfono 5776-2600, interno: 1215, en el horario de lunes a viernes
de 08:00 a 16:00hs., ubicada en Maipú 255 C.A.B.A.



Sin más, lo saludo muy atentamente.
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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por rodanchota » Lun Jun 08, 2020 6:00 pm

Carlos El Abuelo escribió:
Lun Jun 08, 2020 9:26 am
Carlos El Abuelo escribió:
Lun Jun 08, 2020 9:23 am
De acuerdo a mis preguntas sobre las normativa que se viene

Esto es lo que me respondieron del INTI

Estimado:

El Decreto Reglamentario N º32/2018, el cual modifica y actualiza el
Decreto Nº 779/1995, Art 9, inciso d), en su 5º párrafo, determina:
“Que aquellos vehículos que por sus características y/o prestaciones
técnicas no reúnan los requisitos y estándares establecidos en la
reglamentación de la certificación de seguridad vehicular, deberán
portar una placa identificatoria alternativa, quedando su circulación
restringida a los alcances que determine la AGENCIA NACIONAL DE
SEGURIDAD VIAL y/o la COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD
VIAL en el marco de sus competencias.

Que en idéntico tratamiento que a los vehículos en los supuestos
anteriores, se otorgará el certificado de seguridad vehicular a todos
aquellos que carecieren de Licencia para Configuración de Modelo y de
la Licencia de Configuración Ambiental, por no encontrarse
comprendidos en la calificación de vehículo CERO KILÓMETRO (0 km) de
producción seriada y en virtud de los cuales se peticionare su
inscripción inicial en el Registro Nacional de la Propiedad del
Automotor. Se consideran alcanzados bajo este supuesto a los acoplados
usados que carecen de LCM, carretones y vehículos especiales o cuyo
porte exceda los parámetros establecidos”.



A tal efecto, la Disposición MT Nº58/2018, en su artículo 2º, da por
aprobado el instructivo para la emisión de CERTIFICADO DE SEGURIDAD
VEHICULAR para los vehículos de la Categoría O2, O3 y O4. Debiendo
comunicarse con la COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL,
al Teléfono 5776-2600, interno: 1215, en el horario de lunes a viernes
de 08:00 a 16:00hs., ubicada en Maipú 255 C.A.B.A.



Sin más, lo saludo muy atentamente.

Este tema me las tiene por el piso ahora pongo lo que me dijieron a mi

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Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por rodanchota » Lun Jun 08, 2020 6:03 pm

Hola a todos, llame al registro y me dicen que necesito una foto de costado y otra de atras mas el certificado vehicular que emite la agencia nacional de seguridad vial, barbaro, llamo al numero que me paso y no atiende nadia hace 1 semana hasta que hoy un contestador dice donde mandar un mail que responden por ahi. voy a poner lo que mande y lo que me respondieron.

Buenos días me comunico con el fin de consultarles como debo hacer para homologar una casa rodante de tiro de aprox. 1100 kg para poder solicitar la nueva patente, la misma es de los años 70 pero el chasis se hizo a nuevo, tiene circulo de velocidad como así cintas refractarias, luces rojas del lado derecho y verdes del izquierdo, también cuenta con todas las luces traseras posición, freno, giro,marcha atrás, balizas( faro de camión)? a la misma le puse frenos inerciales eléctricos con maza de 5 agujeros con cubiertas 195/70/14, que mas debería agregarle y como seria el tramite? Muchas gracias por su ayuda.

Y LA RESPUESTA FUE:

Buen día, existe un lapso de tiempo establecido y señalado expresamente en el Artículo 3°; De la disposición in comento, en el cual se determinarán los parámetros y se les notificará a los interesados el procedimiento a seguir, ya que en estos momentos no están definidos los parámetros técnicos a aplicar en el procedimiento de verificación de los tráiler categoría O1 y no hay talleres designados por la ANSV que puedan verificar las condiciones técnicas de los remolques; Paso previo y necesario para que se otorgue el Certificado de Seguridad Vehicular, el mismo momentáneamente no está siendo emitido para los tráileres O1.



Por lo expresado tenemos en cuenta lo establecido en esta Disposición, respecto a los plazos de adecuación a la norma:



Disposición 323/2019 DNRNPAyCP



ARTÍCULO 2°.-Los Tráileres categoría O1 destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar, que en la actualidad se encuentren identificados mediante el procedimiento establecido en la Disposición N° 1136/96 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, deberán adecuarse a lo dispuesto en la Sección 14ª, Título II, Capítulo III del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor dentro de los DOCE (12) meses posteriores a la entrada en vigencia de la presente.




ARTÍCULO 3°.- La presente entrará en vigencia el día 1° de noviembre de 2019, oportunidad en que también cobrarán vigencia los artículos 5°, 7°, 11 y 12 de la Disposición N° DI-2018-125-APN-DNRNPACP#MJ.​


Nota:

Agencia Nacional de Seguridad Vial, no exige el cobro de aranceles para la emisión del certificado.



Sin otro particular saludo a Ud. Atte.



Unidad de Proyectos Especiales - RTO

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

MINISTERIO DE TRANSPORTE

E-mail: csv@seguridadvial.gob.ar

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Albergar
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Marca: CR KAISEN d'17+Peugeot504'96 h'ene/20;NissanFrontier'10 d'dic/20
Modelo: Modelo350-eje, c/freno eléctrico MSM-Tara 1Ton-L5 A2.05 H2.3
Ubicación: R.Mejía - P.B.Aires

Re: Importante nueva reglamentación

Mensaje por Albergar » Lun Jun 08, 2020 6:23 pm

:sombrero:
Te mandaron fruta, porque el tuyo es O2. :mad:
:o
Saludos !!!

Alberto

La CR en la fábrica sep/2017--> https://drive.google.com/open?id=1wNeag ... TqhVZsVY0B
El conjunto rodante original 2017--> https://drive.google.com/open?id=1LNNyF ... _SR9Koyk0c
El conjunto original desde atrás--> https://drive.google.com/open?id=1f7C-b ... rjCte5Sfha
El trailer-carpa usado 20 años hasta 2017--> https://drive.google.com/open?id=1w8rFb ... TjHRS3hV5p

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