¿patente 101 y patente de la CR?
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Reglas del Foro
Sigamos éstas reglas por favor que son muy simples:
1° Abrir un tema nuevo y PRESENTARSE en el subforo: Temas General < (click aquí). Cuentenos por favor su nombre, ubicación, que movilidad posee, marca, modelo, etc, y cualquier detalle necesarios que desee hacernos saber. (Se recomienda No utilizar mayúsculas, pues equivale a "Gritar"), y es importante Completar los datos del: PERFIL < (click aquí)
2° Realizar las consultas en el SUBFORO CORRESPONDIENTE, (de acuerdo al tema que vaya a tratar), ejemplo: Mecánica, Equipamiento, Seguridad, Campings, etc. NO OLVIDE ACLARAR en el TITULO y en forma breve de que trata, ó a que se refiere su consulta, (no escriba cosas como: "Socorro!!!", ó "Ayudaaaa". Mencione concretamente la Marca, Cosa, ó Lugar que este relacionado con el contenido de SU mensaje).
3° ESTA TERMINANTEMENTE PROHIBIDO ofrecer artículos ó servicios a COMERCIANTES ó EMPRESAS que no hayan sido autorizadas a hacerlo. (para ser Vendedor Autorizado de Rodanteando, deberá solicitar el pedido aquí: >click aquí<
• Faltar en alguna de las reglas básicas mencionadas puede dar lugar a la remoción ó borrado de su mensaje, y reiterarlo conduce a la suspensión temporal ó definitiva del autor •
Gracias.
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¿patente 101 y patente de la CR?
Para circular por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay deberá tener:
1. Extensión del seguro del vehículo que remolca el trailer/casa rodante (al seguro hay que pasarle la marca, modelo y número de chasis que figura en el boleto de compra-venta - esto es en el caso de las casas rodantes)
2. Chapa-patente reglamentaria (101+alfanumérica del vehículo que lo está remolcando).
3. Registro de conducir apto para llevar remolque (es una ampliación)
4. Cadenas y luces reglamentarias
Para pasar a Chile hay que patentarla como si fuera un automotor, con cédula y título verde. Para patentarla hay que presentar un certificado de fabricación o factura de cada elemento por la cuál está fabricada la casa rodante.
Con esta patente sólo para pasar a Chile, NO RECOMENDABLE para circular por Argentina (porque gendarmería hace incapié en la disposición nacional con el 101).
Saludos.
1. Extensión del seguro del vehículo que remolca el trailer/casa rodante (al seguro hay que pasarle la marca, modelo y número de chasis que figura en el boleto de compra-venta - esto es en el caso de las casas rodantes)
2. Chapa-patente reglamentaria (101+alfanumérica del vehículo que lo está remolcando).
3. Registro de conducir apto para llevar remolque (es una ampliación)
4. Cadenas y luces reglamentarias
Para pasar a Chile hay que patentarla como si fuera un automotor, con cédula y título verde. Para patentarla hay que presentar un certificado de fabricación o factura de cada elemento por la cuál está fabricada la casa rodante.
Con esta patente sólo para pasar a Chile, NO RECOMENDABLE para circular por Argentina (porque gendarmería hace incapié en la disposición nacional con el 101).
Saludos.
Re: ¿patente 101 y patente de la CR?
Ministerio de Justicia
Secretaria de Asuntos Registrales
DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES
DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
BUENOS AIRES, 11 DICIEMBRE 2006
Visto la disposición D.N.Nº 543/86 y sus prórrogas, Disposiciones D.N.Nº 223/87 Y 126/89 y la Disposición D.N.Nº 31/95, y
CONSIDERANDO:
Que a través de dichas normas se establecieron las condiciones en que deben circular los acoplados, remolques y trailers destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar, no inscriptos, cuando deban ser remolcados por vehículos registrados que posean la identificación de dominio con la nueva alfanumérica de tres números y tres letras.
Que para estos últimos supuestos, la Disposición D.N.Nº 31/95 dispuso que tales acoplados, remolques y trailers deberían circular exhibiendo en su parte posterior la placa metálica trasera del automotor remolcador con un 101 por delante, a cuyo efecto ésta debe serles colocada cada vez que sean remolcados.
Que el continuo retiro y colocación de las placas de nuevo modelo a que dicha norma obliga, particularmente en los casos de usuarios que circulan en forma frecuente y constante con tales acoplados, remolques o trailers, cuanto más si son titulares registrales de más de un automotor que utilizan indistintivamente como remolcador, acarrea inconvenientes de orden práctico que ésta Disposición Nacional debe atender.
Que por lo expuesto, se considera viable habilitar como alternativa el uso de determinadas placas de metal que podrán confeccionarse libremente y se colocarán exclusivamente en los acoplados, remolques o trailers menores que nos ocupan.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º incido C) del Decreto 335/88
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES
DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR
Y DE CREDITOS PRENDARIOS DISPONE:
ARTICULO 1º Los acoplados, remolques y trailers a los que se refieren las Disposiciones D.N.Nº 543/86, 223/87 y 126/89, destinados al traslado de equipajes, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar, que deban ser remolcados por automotores de uso particular deberán poseer patente con vehículo registrado. Los remolques mencionados podrán circular:
Exhibiendo en su parte posterior la placa metálica trasera del automotor remolcador, a cuyo efecto colocarán ésta en dichos rodados cada vez que sean remolados con un 101 y el alfanumérica correspondiente.
DISPOSICIÓN DNNº 1136
Material metálico con números y letras blancos sobre fondo negro
Medidas: 30 x 14 cm
Secretaria de Asuntos Registrales
DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES
DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
BUENOS AIRES, 11 DICIEMBRE 2006
Visto la disposición D.N.Nº 543/86 y sus prórrogas, Disposiciones D.N.Nº 223/87 Y 126/89 y la Disposición D.N.Nº 31/95, y
CONSIDERANDO:
Que a través de dichas normas se establecieron las condiciones en que deben circular los acoplados, remolques y trailers destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar, no inscriptos, cuando deban ser remolcados por vehículos registrados que posean la identificación de dominio con la nueva alfanumérica de tres números y tres letras.
Que para estos últimos supuestos, la Disposición D.N.Nº 31/95 dispuso que tales acoplados, remolques y trailers deberían circular exhibiendo en su parte posterior la placa metálica trasera del automotor remolcador con un 101 por delante, a cuyo efecto ésta debe serles colocada cada vez que sean remolcados.
Que el continuo retiro y colocación de las placas de nuevo modelo a que dicha norma obliga, particularmente en los casos de usuarios que circulan en forma frecuente y constante con tales acoplados, remolques o trailers, cuanto más si son titulares registrales de más de un automotor que utilizan indistintivamente como remolcador, acarrea inconvenientes de orden práctico que ésta Disposición Nacional debe atender.
Que por lo expuesto, se considera viable habilitar como alternativa el uso de determinadas placas de metal que podrán confeccionarse libremente y se colocarán exclusivamente en los acoplados, remolques o trailers menores que nos ocupan.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º incido C) del Decreto 335/88
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES
DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR
Y DE CREDITOS PRENDARIOS DISPONE:
ARTICULO 1º Los acoplados, remolques y trailers a los que se refieren las Disposiciones D.N.Nº 543/86, 223/87 y 126/89, destinados al traslado de equipajes, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar, que deban ser remolcados por automotores de uso particular deberán poseer patente con vehículo registrado. Los remolques mencionados podrán circular:
Exhibiendo en su parte posterior la placa metálica trasera del automotor remolcador, a cuyo efecto colocarán ésta en dichos rodados cada vez que sean remolados con un 101 y el alfanumérica correspondiente.
DISPOSICIÓN DNNº 1136
Material metálico con números y letras blancos sobre fondo negro
Medidas: 30 x 14 cm
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- Mensajes: 1631
- Registrado: Vie Nov 25, 2005 11:10 pm
- Ubicación: buenos aires
- geminiano_s
- Mensajes: 798
- Registrado: Mar Nov 20, 2007 9:50 am
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Todo perfecto con la 101.... pero yo les pregunto ¿alguno mandó hacer la patente? Díganme cómo hicieron para meter tres números, tres letras y tres números en 30 centímetros conservando el tamaño y separación entre letras y números de una chapa original + 101 (IMPOSIBLE) Es decir: 101 NNN 000, más los espacios a derecha e izquierda acaparan por lo menos 42 cm. Se nota que el que redactó la resolución no se dio cuenta al dar las medidas
Yo estoy haciendo una reforma en mi trailer SuperCamping porque de fábrica trae espacio para la patente tamaño auto y tengo que poner la patente de metal color negra con números blancos (números "ploteados" en material reflectivo para que sea más pituco), por lo tanto achico al centro por paragolpes para dar lugar a la chapa.
Yo estoy haciendo una reforma en mi trailer SuperCamping porque de fábrica trae espacio para la patente tamaño auto y tengo que poner la patente de metal color negra con números blancos (números "ploteados" en material reflectivo para que sea más pituco), por lo tanto achico al centro por paragolpes para dar lugar a la chapa.
- mario de lujan
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- Registrado: Dom Jul 02, 2006 2:31 am
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Sr. Mario de Luján: comparto en un todo su opinión y es lo que yo dije,......... pero mi crítica apunta a la disposición 1136 del 11/12/96, en la que el Director Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (por entonces el Dr. Mario Alberto Durand) firmó la dispos. y a fojas 04 (CUATRO) está el anexo que dice:
Material metálico con números y letras blancos sobre fondo negro.-
MEDIDAS: 30 x 14 cm.
EL QUE REDACTÓ LA DISPOSICIÓN Y LE PASÓ AL DIRECTOR PARA LA FIRMA, NO TUVO EN CUENTA QUE ERAN 9 LUGARES, A ESO VOY, y no es para discutir, simplemente es lo que leo y deduzco......
Ahora bien, esto se me ocurrió recién... y no es para Ud, sino para todos... ¿qué pasa si te topás por allá en un pueblito perdido con un ZORRO O POLI medio bruto o muy vivo, te para y te dice que la chapa está fuera de medida y te saca fotocopia de la disposición? y te muestra la hoja 4 con el anexo y te dice:
Señor... usted está en infracción porque la chapa de su carreta MIDE MÁS DE 30 X 14.....
A ESTA SITUACIÓN, YO TE DOY LA SOLUCIÓN: Me bajo con un destornillador y muy amablemante le digo: No me dí cuenta, "discul pedón"....., y procedo a quitar la patente 101 del trailer, C R o acopladito y le coloco la placa trasera del vehículo tractor y me voy.....
Material metálico con números y letras blancos sobre fondo negro.-
MEDIDAS: 30 x 14 cm.
EL QUE REDACTÓ LA DISPOSICIÓN Y LE PASÓ AL DIRECTOR PARA LA FIRMA, NO TUVO EN CUENTA QUE ERAN 9 LUGARES, A ESO VOY, y no es para discutir, simplemente es lo que leo y deduzco......
Ahora bien, esto se me ocurrió recién... y no es para Ud, sino para todos... ¿qué pasa si te topás por allá en un pueblito perdido con un ZORRO O POLI medio bruto o muy vivo, te para y te dice que la chapa está fuera de medida y te saca fotocopia de la disposición? y te muestra la hoja 4 con el anexo y te dice:
Señor... usted está en infracción porque la chapa de su carreta MIDE MÁS DE 30 X 14.....
A ESTA SITUACIÓN, YO TE DOY LA SOLUCIÓN: Me bajo con un destornillador y muy amablemante le digo: No me dí cuenta, "discul pedón"....., y procedo a quitar la patente 101 del trailer, C R o acopladito y le coloco la placa trasera del vehículo tractor y me voy.....
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- Registrado: Vie Nov 25, 2005 11:10 pm
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Mario si mandas ha hacer la patente con el 101.mario de lujan escribió:todas las patentes de trailers son mas largas que las de autos
Las fabrican en la misma medida que la del vehiculo tractor y el 101 lo ponen mas chico sobre la derecha.
Al menos asi han confeccionado la mia y tambien dice trailer disposicion DNRA 1136
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buenos dias una consulta respecto a trailers, quiero llevar un vehiculo sobre un trailer enganchado en el MH, el trailer tiene doble eje, (que es lo aconsejable por seguridad, y ahi va la pregunta la patente 101 sirve para trailer doble eje? por supuesto que con las luces reglamentarias y cadenas como ya se dijo, la duda surge porque solo se trato el tema de casa rodante o trailer para recreacion etc. gracias espero respuestas. sergio dario
Se habla de trailer..... porque teomamos como trailer: al trailer carpa, al trailer de la lancha, al de la moto de agua, PERO LA LEY HABLA DE "ACOPLADOS, REMOLQUES Y CASA RODANTES" refiriendose a "cosas" que son estiradas por automóviles o camionetas..... o sea que para estas categorías la reglamentación es igual....
Ahora: Vos vas a estirar un acoplado con doble eje y con una carga que superá los 1000 kg...... allí ya no se..... asesorate bien, inclusive con el tema de la Licencia de Conducir que te corresponderá....
Ahora: Vos vas a estirar un acoplado con doble eje y con una carga que superá los 1000 kg...... allí ya no se..... asesorate bien, inclusive con el tema de la Licencia de Conducir que te corresponderá....
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INDIO Y ANTONIO de una les contesto a los dos y les agradezco la informacion con respecto a la licencia, la tengo lo que no sabia es lo de los frenos,. todo un tema, un ancla no servira?, el trailer todavia no lo empece a construir y en los frenos no habia pensado le estaba por poner dos ejes con mazas simples, todavia no empece y ya lo estoy modificando. siempre me pasa lo mismo cuando falta poco para salir falta mucho para hacer y temino trabajando a destajo hasta el ultimo minuto, pero como lo disfruto despues!!!. chauuu y gracias
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Re: ¿patente 101 y patente de la CR?
Como queda este tema ahora con las alfanumericas nuevas? edu
- SerMir - Baradero
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Re: ¿patente 101 y patente de la CR?
Edu, hace menos de un mes huce un trámite en el registro automotor de Baradero y aproveché a preguntar de este tema y me comentaron que no hay legislación nueva al respecto. Sigue todo igual que antes.
O sea qur seguimos con la 101
O sea qur seguimos con la 101
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Re: ¿patente 101 y patente de la CR?
gracias edu
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Re:
Es asi? para una casa rodante doble eje que supera los 750 kg tambien?antonio rubio escribió:Sergio, la patente te sirve si es doble eje tambien, lo que te limita es el tema de los frenos en el trailler, creo que puede pesar hasta 750 Kgs total sin frenos y excediendo ese peso debe llevarlos, pero averigualo.
SAMU para el foro, Pablo para los amigos, papi para mis hijos, y viejo chocho para mis colegas