Categorías - Licencias para conducir

Consultas, consejos y novedades sobre documentación y normativa vigente, muy útiles a la hora de salir a la ruta

Moderador: Moderadores

Reglas del Foro
Sigamos éstas reglas por favor que son muy simples:

Abrir un tema nuevo y PRESENTARSE en el subforo: Temas General < (click aquí). Cuentenos por favor su nombre, ubicación, que movilidad posee, marca, modelo, etc, y cualquier detalle necesarios que desee hacernos saber. (Se recomienda No utilizar mayúsculas, pues equivale a "Gritar"), y es importante Completar los datos del: PERFIL < (click aquí)

Realizar las consultas en el SUBFORO CORRESPONDIENTE, (de acuerdo al tema que vaya a tratar), ejemplo: Mecánica, Equipamiento, Seguridad, Campings, etc. NO OLVIDE ACLARAR en el TITULO y en forma breve de que trata, ó a que se refiere su consulta, (no escriba cosas como: "Socorro!!!", ó "Ayudaaaa". Mencione concretamente la Marca, Cosa, ó Lugar que este relacionado con el contenido de SU mensaje).

ESTA TERMINANTEMENTE PROHIBIDO ofrecer artículos ó servicios a COMERCIANTES ó EMPRESAS que no hayan sido autorizadas a hacerlo. (para ser Vendedor Autorizado de Rodanteando, deberá solicitar el pedido aquí: >click aquí<

• Faltar en alguna de las reglas básicas mencionadas puede dar lugar a la remoción ó borrado de su mensaje, y reiterarlo conduce a la suspensión temporal ó definitiva del autor •

Gracias.
usabel
Mensajes: 1775
Registrado: Jue Sep 01, 2005 6:53 pm
Ubicación: Comodoro Rivadavia
Contactar:

Mensaje por usabel » Mar Feb 06, 2007 10:21 am

En brasil una vez me quisieron coimear porque andaba en un buggy sin cinturon, sabiendo que estaba en falta le dije que me haga la multa sin problemas y que ademas de eso lo iba a denunciar por intentar coimearme, tendrian que verle la cara a mi cuñado y mi señora cuando yo apuraba al tremendo negro con gorra de sherif y dos 38 en cada cartuchera, creo como Omar que si todos actuamos igual dando el billetito nunca vamos a cambiar! y eso lo veo asi en todo los ordenes de la vida, por ejemplo en mi profesion (optica) es muy comun casi diria de uso y costumbre arreglar con los oftlmologos y pagarles hasta un 30 % de la venta de los anteojos porque este te derive gente (esta prohibido por ley, ese sobreprecio lo tiene que pagar la gente, y yo lo veo como un atentado contra la salud de la gente), yo prefiero vender menos, cobrar menos y tener la conciencia tranquila...Saludos
Felices fiestas para todos!!!

Avatar de Usuario
Gustavo 10
Mensajes: 2882
Registrado: Dom Ene 01, 2006 9:36 pm
Ubicación: LUJÁN

Mensaje por Gustavo 10 » Mar Feb 06, 2007 2:38 pm

Sr. Omar:
(Dijera Néstor Charmac, "yo sabía que ibas a saltar, Gustavo"). Primero debo aclarar que no estoy de acuerdo con esas prácticas de poner billetitos (yo llevo corchos y sobrecitos de azúcar o de esos remitos de plástico para revolver, si me piden algo para el vinito o el cafecito, cómo solían hacer muchos mi.. perdón, sres. policías de nuestra provincia), aunque como medida preventiva y para evitarle tentaciones a los muchachos, junto con la documentación presento mi credencial (una vez un gendarme me dijo "usted no me va a asustar con eso" y yo le contesté "no pretendo asustarlo, sino sólo ponerlo en alerta que si usted es corrupto debe abstenerse de intentar algo ilegal", se quedó mudo y dejó de buscarme algo para "garcarme", les aclaro que iba manejando el auto de un amigo, con todo en regla, salvo la cédula verde vencida, pero el propietario iba en el asiento derecho).- Creo que nunca me dejé coimear, porque no es que esté fuera de lugar, tanto el que da como el que recibe, sino que son dos delincuentes, ya que la acción está tipificada en nuestro código penal.-
En el clarinete del míercoles pasado salió un artículo de un sociólogo sobre el tema de los accidentes ocurridos durante enero de 2007 y decía que además de fallar las autoridades, se había instalado en nuestra sociedad (producto en parte de la catadura de nuestros últimos gobernantes), una especi de cultura de la "avivada criolla", de la transgresión, sin tener en cuenta si estas transgresiones eran sólo eso, o se convertían en delitos.-
En alguna de mis intervenciones técnicas en este tema aconsejé que la primera medida que debíamos tomar era tener los vehículos debidamente categorizados, sobre todo los MH, para evitar que opor estar inscripto como bondi nos exijan categoría profesional para manejar un monstruo de esos de 2 pisos que cuando vas a 90 te pasan como si estuvieras estacionado y tienen un círculo que dice 90 (km/h), además de no preocuparse si hay cartel de prohibido adelantar o doble línea amarilla, ni si por la otra mano circula otro vehículo chico (porque el desprecio por la vida, propia y ajena no da para tanto como para atreverse a otro de su mismo porte).-
Por otra parte, estoy de acuerdo con que debemos educar a nuestros hijos en el respeto a la ley, al medio ambiente y a la vida, animal y vegetal.-
Salu2, Gustavo.-
"Todos los que parecen estúpidos, lo son y, además también lo son la mitad de los que no lo parecen."
Francisco de Quevedo.


"Donde hay poca justicia es un peligro tener razón."
Quevedo

"Muchos son buenos si se da crédito a los testigos; pocos si se toma declaración a su conciencia."
Quevedo

Avatar de Usuario
nestor fabian juanes
Mensajes: 422
Registrado: Dom Oct 02, 2005 6:25 pm
Ubicación: lanus

luchemos

Mensaje por nestor fabian juanes » Mar Feb 06, 2007 10:21 pm

MUCHACHOS SOY MEDIO TORPE PARA ESCRIVIR PERO QUIERO DECIRLES QUE ESTOY TOTALMENTE DE ACUERDO CON OMAR Y ENTENDAMOS A GUSTAVO CON SU HUMOR PERO FIJEMOSNOS CON LA SERIEDAD QUE EL TOCA EL TEMA COMO BUEN PROFESIONAL QUE ES.
PERO TAMPOCO NOS RASGUEMOS LAS VESTIDURASPORQUE ALGUNA VEZ HEMOS PUESTO UN 5 MANGOS EN LA MANITO DE ALGUN AGENTE.
PERO TAMBIEN LES DIGO QUE ALGUNA VEZ LE ANDADO MAS VOLA A OTROS TEMAS QUE A ESTE TEMA DEL REGISTRO QUE NO ES MENOR .YO NO SE OMAR QUE REGISTRO TENES PPERO SI TE DIGO QUE HAS TENIDO MUCHA SUERTE EN QUE NUNCA TE HAYA PARADO UN TURRO A 2000 KM DE TU CASA CON TU FAMILIA Y APESAR DE TENER TODO TE AGAN PASAR UN MAL MOMENTO .¿SABES POR QUE ? PORQUE LAS LEYES EN ESTE PAIS ESTAN HECHAS PARA RECAUDAR Y NO PARA PREVENIR LA MUESTRA LA TENES CON LA COTINA DE HUMO QUE ESTAN ARMADO CON EL TEMA DE LOS ACCIDENTES DE TRANSITO QUE NO SON NI MAS NI MENOS QUE LA MISMA CANTIDAD QUE HASE 20 AÑOS CON EL CUADRUPLE DE AUTOS MAS.
PARA USTEDES TIENE LOGICA QUE PARA MANEJAR UN MOTORHOME COMO MECHITA TENGAS QUE TENER CATREGORIA C Y SI REMOLCAS ALGO TIENE QUE SER E DIGANME SI ESTE SITEMA DE CATEGORIAS PREVINE QUE UN HIJO DE P.... CON REGISTRO MATE TODA UNA FAMILIA EN EL KM 118 DE LA RUTA 2 POR TOMAR UNA CURVA DE 80 A 180 KM/H
CON SU BMW DE 70000 U$S.
EN HOLANDA LAS CATEGORIAS DE AUTOS ESTAN DELIMITADAS POR POTENCIA Y ESTA PERFECTO PORQUE NO ES LO MISMO MANEJAR UN VEHICULO DEV 100 CABALLOS QUE DE 250 .ENFIN ESTO DA PARA MUCHO DE VERDAD PERO QUIERO QUE ME ENTIENDAN QUE LO MIO NO ES LA LUCAH DE UN TUERTO QUE QUIERE OBTENER UN REGISTRO PORQUE DE HECHO LO TENGO PERO LUCHEMOS POR LEYES CLARAS PARA PREVENIR MUERTES Y COIMAS Y PARA QUE TUERTOS,NO TUERTOS
HIPOACUSICO , DALTONICOS,RODANTEROS ,PESCADORES,GENTE DE LABURO QUE NECESITA UN REGISTRO PARA LABURAR PUEDA SALIR A LA CALLE CON LA TRANQUILIDAD CON SALE OMAR CREYENDO QUE TIENE TODO EN REGLA HASTA QUE SE TE QUEMO UN FARITO Y TE ENLOQUESIERON LA VIDA TOAL NUESTOR QUERIDO GOBERNADOR FELIPITO SOLA ARREGAL TODO DECRETANDO LA EMERGENCIA VIAL.
fana rodantero sin apuro

Avatar de Usuario
Gustavo 10
Mensajes: 2882
Registrado: Dom Ene 01, 2006 9:36 pm
Ubicación: LUJÁN

Mensaje por Gustavo 10 » Mar Feb 06, 2007 11:52 pm

Néstor. ¡menos mal que sos torpe para escribir!, que si no...
Gracias por los elogios, que no merezco.-
Y estoy completamente de acuerdo con lo que manifestaste (con Omar también, aunque no lo parezca, porque soy un poco más flexible que él).-
Pero todo esto es propio de nuestra idiosincrasia "criolla", hoy es el tema de los accidentes de tránsito, cuando en febrero en lugar de los 310 de enero sean 280 nada más, se terminó el problema, porque bajó la cantidad mensual.-
También armaron todo un circo con el tema de los colectiveros de larga distancia, que no dormían lo suficiente, pero nadie salió a decir que de Retiro a Mardel deben tardar 5 horas con dos paradas de 15 a 20 minutos c/u, cuando el circulito dice 90 (los valores son simplemente arbitrarios, pero deben cumplir un horario imposible si no circulan a 120 o más), hay tramos que tienen velocidades de 80-60-40 y muchos con doble raya amarilla que hacen que con una máxima de 90 si llegas a un promedio de 60, gritá ALELUYA!!
Pero estamos acostumbrados a que nuestros gobernantes se ufanen Io con la testayosa iego a la costa en menos de 4 horas y después porque hubo un par de accidentes graves poco más ponía pena de muerte para los infractores viales.-
Creo que habría que poner mano dura y sancionar como coreresponde, tanto las infracciones graves, con pérdida del registro - pero efectiva - y los excesos de velocidad, como hacían hace unos años en la 2, demorándote 2, 3, 4 o más horas.-
Y otra cosa que debería sancionarse muy severamente, incluso con mulktas de progresión geométrica para los reincidentes es el sobre peso (ojo, no estoy en contra de los gorditos/as), ya que es imposible circular con seguridad en algunas rutas por el estado en que la han dejado por esta causa.-
Salu2, Gustavo.-
"Todos los que parecen estúpidos, lo son y, además también lo son la mitad de los que no lo parecen."
Francisco de Quevedo.


"Donde hay poca justicia es un peligro tener razón."
Quevedo

"Muchos son buenos si se da crédito a los testigos; pocos si se toma declaración a su conciencia."
Quevedo

usabel
Mensajes: 1775
Registrado: Jue Sep 01, 2005 6:53 pm
Ubicación: Comodoro Rivadavia
Contactar:

Mensaje por usabel » Mié Feb 07, 2007 10:56 am

Te falto a los boludos que te pasan por la banquina en la ruta dos!!
Felices fiestas para todos!!!

Avatar de Usuario
nestor fabian juanes
Mensajes: 422
Registrado: Dom Oct 02, 2005 6:25 pm
Ubicación: lanus

Re: Categorías - Licencias para conducir

Mensaje por nestor fabian juanes » Lun Feb 01, 2010 8:27 am

depende del estado de animo del empleado municipal de turno para que te dejen rendir con otro vehiculo que no sea de la categoria que corresponda
fana rodantero sin apuro

Avatar de Usuario
Gustavo 10
Mensajes: 2882
Registrado: Dom Ene 01, 2006 9:36 pm
Ubicación: LUJÁN

Re: Categorías - Licencias para conducir

Mensaje por Gustavo 10 » Mar Feb 02, 2010 12:37 am

Bedford 65 escribió:Buenas noches gente. perdon mi insistencia, pero quede algo mareado. recien me acabo de comprar un MH Bedford modelo 65, mi papa tiene categoria B1 - C- D1.. puede manejarlo ?? Porque el sacó ese registro yendo a rendir con un auto grande y se lo dieron. Pregunto asi hago lo mismo yo, estasria bueno poder ir con el auto porque el MH todavia no lo tengo en condiciones como para ir a rendir.. Muchisimas gracias por la ayuda que me pudieran dar.. Saludos.
Dice bien Néstor, depende de como te tomen el examen para otorgarte el carné - si es que te lo toman - averiguá antes.-
Mi experiencia en Luján no sirve, porque cuando lo saqué yo, además de no existir las categorías actuales - me dieron una categoría "profesional", sólo te tomaban un examen (el físico) y mi viejo era médico, así que ese tampoco lo tuve que rendir.-
En una época en que habían puesto la oficina de Tránsito en un parque en la ribera del río, tomaban examen de manejo, pero después los llevaron a la Terminal y sólo te tomaban el teórico, eso le pasó a mi esposa, que aprobó el teórico y como el empleado era conocido mío, le hice dar las mismas caregorías que tengo yo.-
Tu padre con esas categorías, si está inscripto como "Casilla rodante autoportante" (MH), no tiene ningún problema.-
Gustavo.-
"Todos los que parecen estúpidos, lo son y, además también lo son la mitad de los que no lo parecen."
Francisco de Quevedo.


"Donde hay poca justicia es un peligro tener razón."
Quevedo

"Muchos son buenos si se da crédito a los testigos; pocos si se toma declaración a su conciencia."
Quevedo

GabyPol
Mensajes: 6
Registrado: Vie Feb 19, 2010 1:17 pm
Marca: Casa rodante NO motorizada de construccion casera
Modelo: Desconozco
Ubicación: Rafael Calzada
Contactar:

Re: Categorías - Licencias para conducir

Mensaje por GabyPol » Vie Feb 19, 2010 3:07 pm

Que tal Srs/as de este bendito foro. Antes que nada quiero saludarlos a todos, ya que acabo de registrarme en el mismo, y ojeando un poco el contenido termino en este debate y quisiera colaborar un poco.
Primero antes que nada debemos conocer la Ley Nacional de Tránsito, que es la Nº24.449 es la unica que regula en todo el territoria Argentino el tránsito. Y que cada municipio debe dar reconocimiento y puede hacer distintas ordenanzas pero nunca una ordenanza puede contradecir a la mismisima Ley.
Hoy en día las categorias de los permisos para conducir son los siguientes:
Clase A: Es de motos (No aclaro toda la especificacion por que no viene al tema)
Clase B1: Automóviles, camionetas o casas rodantes motorizadas (hasta 3.500 Kg) ¿que se entiende en esto? Si usted posee un automóvil cualquiera puede conducirlo (Ej. Peugeot 206) a su vez tambien si posee una camioneta con carga de hasta 3.500Kgs puede manejarla (Ej. Trafic) y si usted posee una camioneta al estilo Trafic equipada como casa rodante tambien puede manejarla. Y si a estos vehiculos le anexa un "gancho" para transportar cualquier tipo de Trailer (Ej. Moto de agua, cuatricilo, batan) su licencia NO se lo permite.
Clase B2: Automóviles, camionetas de HASTA 3.500kgs CON acoplado tipo "Trailer" de hasta 700kgs y casa rodante NO motorizada (Se entiende como CASA RODANTE NO MOTORIZADA aquella que es arrastrada por un automóvil o camioneta)... Si su casa rodante pesa, 200kgs o pesa 1500kgs NO interesa, su licencia no lo condiciona en el peso de la misma, Si lo condiciona en los kilos del trailer que es: Batan, Moto de agua, o cuatriciclo (Obvio no deje de asegurarse si su vehiculo puede transportar una casa rodante NO MOTORIZADA de mas de 1000kgs, y si su gancho esta perfectamente instalado para esa cantidad de kilos, y adopte las medidas de seguridad pertinentes para este tipo de caso)
Entonces si usted posee una casa rodante MOTORIZADA al estilo Trafic Precisa Licencia B1.... Y si usted posee una casa rodante NO MOTORIZADA la cual es arrastrada por su auto o camioneta precisa Licencia B2.
Ahora si usted posee una casa rodante MOTORIZADA al estilo MB 114, o "Camiones o micros acondicionados para casa rodante" usted debe ampliar su licencia de conducir para vehiculos mayor a 3500kgs Por que ahi ya no cuenta si usted lo acondiciono para casa rodante, para la ley es un camion, o colectivo, y debera sacar licencia de conducir acorde al vehiculo que posee!

Espero haber ayudado en algo, y aclarar alguna dudas.

Bueno ahora va mi espacio personal. Hace algunos meses hice un negocio, en el cual recibi como parte de pago una casa rodante NO MOTORIZADA, y sinceramente no soy de este "ambiente" y si ustedes puede ayudar con lugares donde puedo ir a visitar donde se congreguen mas "casilleros" y donde puedo adquirir equipamiento para el interior de la misma o repuestos para la misma. Me gustaria comprarle una bomba de agua nueva ya que no se cuanto tiempo tiene la misma y no quiero que me falle cuando mas lo preciso. Necesito comprar un baño quimico, y una heladera tipo frigobar que me supongo que todos ya tendran en su casilla!

desde ya muchas gracias y un abrazo grande para todos

Avatar de Usuario
Gustavo 10
Mensajes: 2882
Registrado: Dom Ene 01, 2006 9:36 pm
Ubicación: LUJÁN

Re: Categorías - Licencias para conducir

Mensaje por Gustavo 10 » Sab Feb 20, 2010 2:13 am

Lamento tener que disentir con GabyPol, pero encuentro eb su explicación algunas equivocaciones.-
En primer lugar la Ley Nacional de ´Tránsito no es la única que se aplica en todo el territorio nacional, ya que su aplicación es sólo para el ámbito FEDERAL, aunque también se aplica en los territorios de las provincias y municipios que se adhieran a la misma y... NO TODAS LAS PROVINCIAS ADHIRIERON (una de ellas la de Bs. As., después del desafortunado Decreto 40, aunque la ley anterior era casi igual a la nacional ¿o al revés?, porque creo que la 11430 es anterior).-
La ley nos dice:
"ARTICULO 5.-DEFINICIONES. A los efectos de esta ley se entiende por:
k) Camioneta: el automotor para transporte de carga de hasta 3.500 kg. de peso total";
No existe definición de Casa Rodante ni de C.R. autopropulsada.-
Entiendo que no puede aplicársele a esta última la calificación de camioneta, porque no es de carga.-
Y con respecto a las clases de licencias:
"ARTICULO 16.- CLASES. Las clases de Licencias para conducir automotores son:
Clase B) Para automóviles y camionetas con acoplado de hasta 750 kilogramos de peso o casa rodante";
No encontré en la Reglamentación (Decreto reglamentario) otro tipo de categoría.-
A pesar de decir "o casa rodante", mi interpretación es que la Clase B permite conducir Automóviles, Camionetas (cualquiera de estos con acoplado de hasta 750 kg) y Casas Rodantes de arrastre o autopropulsadas, de cualquier peso, ya que el resto de las categorías se refiere a transporte de carga (camiones) o de pasajeros de más de 9 personas (incluido el conductor).-
No encontré que la ley hiciera una división de esta categoría en B1 y B2 (como hacía la antigua ley provincial).-
Gustavo.-
"Todos los que parecen estúpidos, lo son y, además también lo son la mitad de los que no lo parecen."
Francisco de Quevedo.


"Donde hay poca justicia es un peligro tener razón."
Quevedo

"Muchos son buenos si se da crédito a los testigos; pocos si se toma declaración a su conciencia."
Quevedo

Avatar de Usuario
pedro
Mensajes: 1623
Registrado: Vie Sep 09, 2005 9:07 pm
Ubicación: Temperley

Re: Categorías - Licencias para conducir

Mensaje por pedro » Sab Feb 20, 2010 2:48 pm

Eso, Eso, Eso, Gustavo, te cuento que en mi registro dice: clase de licencia: B autom, camionet, con o sin acop y casa rod.

Entonces interpreto que si en la cedula verde de mi mercedes 1214 dice: tipo casa rodante, no tengo ningun problema, ¿verdad?

Avatar de Usuario
Gustavo 10
Mensajes: 2882
Registrado: Dom Ene 01, 2006 9:36 pm
Ubicación: LUJÁN

Re: Categorías - Licencias para conducir

Mensaje por Gustavo 10 » Sab Feb 20, 2010 10:45 pm

Hola Pedro, mirá mis 10 años de Facu en la UBA y los casi 34 (se cumplen el 16/3) de ejercicio profesional me llevan a interpretar que con licencia Clase B alcanza para conducir cualquier vehículo que se encuentre registrado como "Casa Rodante", del tamaño y peso que sea.-
El título de la Ruca... dice "Casa rodante AUTOPORTANTE" (acá pido perdón porque en otros mensajes he dicho "autopropulsada"), no tengo idea cual es su peso real, aunque creo que no supera los 3500 y, aunque por su porte pareciera que pesa más, a ningún muchacho uniformado (ni de ER, ni BA), se le ha ocurrido decirme este vehículo pesa más de 3500 y no está autorizado para conducir camionetas que superen ese peso.- Y eso que todos los que me han parado y preguntado que vendo o que transporto, cuando les contesto que es un MH preguntan: ¿MOTOR ¡LO QUE...!? y cuando les digo casilla rodante autoportante, siguen poniendo cara de ¿con qué se come eso?.-
La categoría o Clase B es la única que hace referencia a casilla rodante, por lo que se encuentran comprendidas las de arrastre y las que caminan solitas y, dentro de estas últimas, no interesa el peso, ni el tamaño (siempre que sea el permitido para circular), por lo que si el vehículo está registrado como casa rodante si tenés licencia "B" es la que te autoriza a manejarlo.-
No se que pasa si le agregás un "acoplado" (ya sea para una lancha, auto, moto, cuatri, o una rodante de arrastre cuando llevás a la suegra), ya que entiendo que hay un vacío legal, cuando el peso del MH supera los 3500 si no los supera, la clase B también alcanza.-
Gustavo .-

Avatar de Usuario
jcorrealuna
Mensajes: 36
Registrado: Vie Ene 20, 2017 11:01 am
Marca: Fiat
Modelo: Sedan

Re: Categorías - Licencias para conducir

Mensaje por jcorrealuna » Lun Abr 01, 2019 11:46 am

Hola gente.
Perdón pero quisiera reflotar un tema viejo y tratado pero que sigo sin comprender.
Ahora bien, como todos sabemos leer no quisiera volver sobre el tema de cual es el texto de cada una de las categorías de las licencias de conducir ya que es claro que el limite esta en los 3500 kg y en los acoplados de 750 kg.
Ahora bien, mi problema es el siguiente:
Si yo me compro un furgón Sprinter que esta por debajo de los 3500 kg la podira menejar con un registro B1. Pero si la convierto en MH y luego de equiparla completamente supero ese peso, que registro necesito un B1 o un C1 ? Sigue siendo el mismo vehículo.
Por otro lado, si hago un MH sobre un Mercedes T2 que por manual puede manejar cargas que rondan los 6500 kg pero al equiparlo en forma austera no supera los 3500 kg. Que registro necesito un B1 o un C1 ?
Y con respecto a los acoplados.
Si con mi MH llevo mi auto remolcado atras con las barras fijas, no sombre un remolque, que registro necesito? No estoy llevando un remolque y mi auto claramente supera los 750 kg. Por lo tanto que necesito un B2? pero si tengo un motorhome el B2 no me sirve, requiero un B1 o quizas un C1, aunque el C1 es sin acoplado.
Como veran tengo el :traste: lleno de preguntas.
Alquien tendria la amabilidad de aclararme el tema pero con ejemplos puntuales como los que menciono?
Desde ya muchas gracias.
Atte.
Julio

Carlos Federico
Mensajes: 129
Registrado: Lun Sep 01, 2014 7:26 pm
Marca: No tengo CR
Modelo: No tengo CR

Re: Categorías - Licencias para conducir

Mensaje por Carlos Federico » Mar Abr 09, 2019 4:03 pm

HOLA jcorrealuna.
Siempre sostuve que la categoría del registro la determina capacidad de carga máxima (Peso Bruto Total) del vehículo que vas a manejar, y no la Tara (peso sin carga).
Si tu vehículo tiene PBT de 3500 kg, corresponde B1. Si al equiparlo superaste ese peso, entonces el problema no sería la categoría de la licencia sino excederte de la carga máxima.
Si tu vehículo tiene un PBT de 5.500 kg, corresponde C1, porque aunque lo lleves livianito (con un equipamiento muy austero) su capacidad es superior a la que te habilita el B1.
La cuestión con remolcar un auto con barras fijas, no pasaría por el peso de lo remolcado ni por la categoría del registro, sino porque al no tener características de un “acoplado” ni de un “remolque” resultaría ilegítimo transportarlo así.

Avatar de Usuario
Carlos El Abuelo
Mensajes: 908
Registrado: Mar Abr 11, 2017 4:37 pm
Marca: Rodantes OGA
Modelo: 350
Ubicación: San Andres partido de San Martin

Re: Categorías - Licencias para conducir

Mensaje por Carlos El Abuelo » Sab Jul 27, 2019 9:39 am

En el foro encontre comentario de que el registro categoria B1 no sirve para remolcar casas rodantes

Sin embargo en mi licencia sacada en el partidpo de San Martin dice B1 Autos / Utilitarios / Camionetas / Casas Rodantes / Mortor Home hasta 3500 kilos de peso total
Como se interpreta eso
Saludos de Carlos El Abuelo (LU 5 ECE)

Chevrolet Blazer 2006 4x4

Avatar de Usuario
Argos
Mensajes: 98
Registrado: Lun Feb 09, 2015 2:51 am
Marca: Clio
Modelo: Diesel

Re: Categorías - Licencias para conducir

Mensaje por Argos » Jue Nov 28, 2019 2:22 pm

Buenasss... parece que no soy el unico confundido con este asunto.

Dejo la consulto por si alguien la puede responder al dia de hoy.
Tengo que renovar el registro actual (B2), y aprovechar para habilitarme ante la posible compra de un colectivo para motorhome (aun en veremos). Ademas, al mismo le agregaria un carro o trailer de dimensiones importantes. Vi en la ruta como los equipos de autos de competicion circulan en esta configuracion, lo que no me queda claro es que categoria corresponde pedir en el registro.

Entonces, que licencia pido para conducir un MH de mas de 3500 kgs., y cual si ademas le agrego un trailer de mas de 750 kgs?.

Gracias!

Responder