que registro necesito para 350?
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1° Abrir un tema nuevo y PRESENTARSE en el subforo: Temas General < (click aquí). Cuentenos por favor su nombre, ubicación, que movilidad posee, marca, modelo, etc, y cualquier detalle necesarios que desee hacernos saber. (Se recomienda No utilizar mayúsculas, pues equivale a "Gritar"), y es importante Completar los datos del: PERFIL < (click aquí)
2° Realizar las consultas en el SUBFORO CORRESPONDIENTE, (de acuerdo al tema que vaya a tratar), ejemplo: Mecánica, Equipamiento, Seguridad, Campings, etc. NO OLVIDE ACLARAR en el TITULO y en forma breve de que trata, ó a que se refiere su consulta, (no escriba cosas como: "Socorro!!!", ó "Ayudaaaa". Mencione concretamente la Marca, Cosa, ó Lugar que este relacionado con el contenido de SU mensaje).
3° ESTA TERMINANTEMENTE PROHIBIDO ofrecer artículos ó servicios a COMERCIANTES ó EMPRESAS que no hayan sido autorizadas a hacerlo. (para ser Vendedor Autorizado de Rodanteando, deberá solicitar el pedido aquí: >click aquí<
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Gracias.
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que registro necesito para 350?
hola.
quería saber que clase de registro necesito para un Ford 350 motorhome .
abrazo diego
quería saber que clase de registro necesito para un Ford 350 motorhome .
abrazo diego
- mario de lujan
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Re: que registro necesito para 350?
C, profesional para vehiculos de mas de 3500 kg.
calculo que es el mismo que tenes para el tacho
calculo que es el mismo que tenes para el tacho
saludos, Mario
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Re: que registro necesito para 350?
A1 Motovehículos de dos ruedas hasta cincuenta centímetros cúbicos (50 c.c.) de cilindrada
A.2.1 Motovehículos de dos ruedas de más de cincuenta centímetros cúbicos (50 c.c.) y hasta ciento cincuenta centímetros cúbicos (150 c.c.) de cilindrada
A.2.2 Motovehículos de dos ruedas de más de ciento cincuenta centímetros cúbicos (150 c.c.) y hasta trescientos centímetros cúbicos (300 c.c.) de cilindrada. Los menores de 21 años deben acreditar haber tenido habilitación por dos (2) años en la clase A.2.1.
A.3 Motovehículos de dos ruedas de más de trescientos centímetros cúbicos (300 c.c.) de cilindrada. Los menores de 21 años deben acreditar haber tenido habilitación por dos (2) años en clase A.2.2
A.4.1 Motovehículos de tres o cuatro ruedas hasta cincuenta centímetros cúbicos ( 50 c.c.) de cilindrada.
A.4.2 Motovehículos de tres o cuatro ruedas de más de cincuenta centímetros cúbicos (50 c.c.) y hasta ciento cincuenta centímetros cúbicos ( 150 c.c.) de cilindrada.
A.4.3 Motovehículos de tres o cuatro ruedas de más de ciento cincuenta centímetros cúbicos ( 150 c.c.) y hasta trescientos centímetros cúbicos ( 300 c.c.) de cilindrada. Los menores de 21 años deben acreditar haber tenido habilitación por dos años en la clase A.4.2
A.4.4 Motovehículos de tres o cuatro ruedas de más de trescientos centímetros cúbicos (300 c.c.) de cilindrada. Los menores de 21 años deben acreditar haber tenido habilitación por dos (2) años en la Clase A.4.3
Cada subclase de la Clase A tendrá su correspondiente subclase profesional. Deberá acreditar antigüedad de un año en la subclase particular correspondiente
P.A.1 Clase profesional para motovehículos de dos ruedas hasta cincuenta centímetros cúbicos (50 c.c.) de cilindrada.
P.A.2.1 Clase profesional para motovehículos de dos ruedas de más de cincuenta centímetros cúbicos (50 c.c.) y hasta ciento cincuenta centímetros cúbicos (150 c.c.) de cilindrada.
P.A.2.2 Clase profesional para motovehículos de dos ruedas de más de ciento cincuenta centímetros cúbicos (150 c.c.) y hasta trescientos centímetros cúbicos (300 c.c.) de cilindrada.
P.A.3 Clase profesional para motovehículos de dos ruedas de más de trescientos centímetros cúbicos (300 c.c.) de cilindrada
P.A.4.1 Clase profesional para motovehículos de tres o cuatro ruedas de hasta cincuenta centímetros cúbicos (50 c.c.) de cilindrada.
P.A.4.2 Clase profesional para motovehículos de tres o cuatro ruedas de más de cincuenta centímetros cúbicos (50 c.c.) y hasta ciento cincuenta centímetros cúbicos (150 c.c.) de cilindrada.
P.A.4.3 Clase profesional para motovehículos de tres o cuatro ruedas de más de ciento cincuenta centímetros cúbicos (150 c.c.) y hasta trescientos centímetros cúbicos (300 c.c.) de cilindrada.
P.A.4.4 Clase profesional para motovehículos de tres o cuatro ruedas de más de trescientos centímetros cúbicos (300 c.c.) de cilindrada.
B.1 Automóviles, camionetas y utilitarios hasta tres mil quinientos kilogramos (3.500 kg.) de peso.
B.2 Automóviles, camionetas y utilitarios hasta tres mil quinientos kilogramos (3.500 kg.) de peso, con un acoplado de hasta setecientos cincuenta kilogramos (750 kg.) de peso, o casa rodante no motorizada.
Para obtener la Clase B.2 se debe acreditar haber estado habilitado en la Clase B.1 por un período no menor a un (1) año.
C Camión sin acoplado ni semiacoplado y casas rodantes motorizadas de más de tres mil quinientos kilogramos (3.500 kg.) de peso. Incluye B.1
D.1 Vehículos de transporte hasta 4 pasajeros, excluido el conductor. Incluye Clase B.1
D.2.1 Vehículos de transporte de 5 y hasta 20 pasajeros, excluido el conductor. Incluye clases B.1 y D.1
D.2.2 Vehículos de transporte de más de 20 pasajeros, excluido el conductor. Incluye Clases B.1, D.1 y D.2.1
E.1 Camiones articulados, con acoplado o semiacoplado. Incluye Clases B y C
E.2 Maquinaria especial no agrícola.
En la Clase E.2 la licencia deberá contener una leyenda aclarando el tipo específico de vehículo que habilita a conducir. El examen práctico se desarrollará en el ámbito donde se halle el vehículo, en tanto el mismo se encuentre dentro de los límites de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La fecha y hora de concurrencia del examinador se dispondrá de acuerdo a la disponibilidad del mismo.
F Vehículos correspondientes a las diversas Clases, según el caso. La licencia consignará la descripción de la adaptación que corresponda a la discapacidad de su titular.
Previo al otorgamiento de las habilitaciones a las que hace referencia el párrafo anterior, las personas deberán someterse a una junta técnica de evaluación conductiva con el vehículo que posea las adaptaciones y/o equipamiento especial necesario y compatible con la discapacidad del administrado.
G1 Tractores Agricolas.
G2 Maquinaria Especial Agricola.
A.2.1 Motovehículos de dos ruedas de más de cincuenta centímetros cúbicos (50 c.c.) y hasta ciento cincuenta centímetros cúbicos (150 c.c.) de cilindrada
A.2.2 Motovehículos de dos ruedas de más de ciento cincuenta centímetros cúbicos (150 c.c.) y hasta trescientos centímetros cúbicos (300 c.c.) de cilindrada. Los menores de 21 años deben acreditar haber tenido habilitación por dos (2) años en la clase A.2.1.
A.3 Motovehículos de dos ruedas de más de trescientos centímetros cúbicos (300 c.c.) de cilindrada. Los menores de 21 años deben acreditar haber tenido habilitación por dos (2) años en clase A.2.2
A.4.1 Motovehículos de tres o cuatro ruedas hasta cincuenta centímetros cúbicos ( 50 c.c.) de cilindrada.
A.4.2 Motovehículos de tres o cuatro ruedas de más de cincuenta centímetros cúbicos (50 c.c.) y hasta ciento cincuenta centímetros cúbicos ( 150 c.c.) de cilindrada.
A.4.3 Motovehículos de tres o cuatro ruedas de más de ciento cincuenta centímetros cúbicos ( 150 c.c.) y hasta trescientos centímetros cúbicos ( 300 c.c.) de cilindrada. Los menores de 21 años deben acreditar haber tenido habilitación por dos años en la clase A.4.2
A.4.4 Motovehículos de tres o cuatro ruedas de más de trescientos centímetros cúbicos (300 c.c.) de cilindrada. Los menores de 21 años deben acreditar haber tenido habilitación por dos (2) años en la Clase A.4.3
Cada subclase de la Clase A tendrá su correspondiente subclase profesional. Deberá acreditar antigüedad de un año en la subclase particular correspondiente
P.A.1 Clase profesional para motovehículos de dos ruedas hasta cincuenta centímetros cúbicos (50 c.c.) de cilindrada.
P.A.2.1 Clase profesional para motovehículos de dos ruedas de más de cincuenta centímetros cúbicos (50 c.c.) y hasta ciento cincuenta centímetros cúbicos (150 c.c.) de cilindrada.
P.A.2.2 Clase profesional para motovehículos de dos ruedas de más de ciento cincuenta centímetros cúbicos (150 c.c.) y hasta trescientos centímetros cúbicos (300 c.c.) de cilindrada.
P.A.3 Clase profesional para motovehículos de dos ruedas de más de trescientos centímetros cúbicos (300 c.c.) de cilindrada
P.A.4.1 Clase profesional para motovehículos de tres o cuatro ruedas de hasta cincuenta centímetros cúbicos (50 c.c.) de cilindrada.
P.A.4.2 Clase profesional para motovehículos de tres o cuatro ruedas de más de cincuenta centímetros cúbicos (50 c.c.) y hasta ciento cincuenta centímetros cúbicos (150 c.c.) de cilindrada.
P.A.4.3 Clase profesional para motovehículos de tres o cuatro ruedas de más de ciento cincuenta centímetros cúbicos (150 c.c.) y hasta trescientos centímetros cúbicos (300 c.c.) de cilindrada.
P.A.4.4 Clase profesional para motovehículos de tres o cuatro ruedas de más de trescientos centímetros cúbicos (300 c.c.) de cilindrada.
B.1 Automóviles, camionetas y utilitarios hasta tres mil quinientos kilogramos (3.500 kg.) de peso.
B.2 Automóviles, camionetas y utilitarios hasta tres mil quinientos kilogramos (3.500 kg.) de peso, con un acoplado de hasta setecientos cincuenta kilogramos (750 kg.) de peso, o casa rodante no motorizada.
Para obtener la Clase B.2 se debe acreditar haber estado habilitado en la Clase B.1 por un período no menor a un (1) año.
C Camión sin acoplado ni semiacoplado y casas rodantes motorizadas de más de tres mil quinientos kilogramos (3.500 kg.) de peso. Incluye B.1
D.1 Vehículos de transporte hasta 4 pasajeros, excluido el conductor. Incluye Clase B.1
D.2.1 Vehículos de transporte de 5 y hasta 20 pasajeros, excluido el conductor. Incluye clases B.1 y D.1
D.2.2 Vehículos de transporte de más de 20 pasajeros, excluido el conductor. Incluye Clases B.1, D.1 y D.2.1
E.1 Camiones articulados, con acoplado o semiacoplado. Incluye Clases B y C
E.2 Maquinaria especial no agrícola.
En la Clase E.2 la licencia deberá contener una leyenda aclarando el tipo específico de vehículo que habilita a conducir. El examen práctico se desarrollará en el ámbito donde se halle el vehículo, en tanto el mismo se encuentre dentro de los límites de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La fecha y hora de concurrencia del examinador se dispondrá de acuerdo a la disponibilidad del mismo.
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G1 Tractores Agricolas.
G2 Maquinaria Especial Agricola.
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Re: que registro necesito para 350?
viewtopic.php?f=6&t=17199
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Re: que registro necesito para 350?
hola mario te extranamos el fin de semana en r6, como van los avances de la casita?mario de lujan escribió:C, profesional para vehiculos de mas de 3500 kg.
calculo que es el mismo que tenes para el tacho
tengo clase d21 para el taxi asi que tendre que sacar otro registro mas.
un abrazo
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Re: que registro necesito para 350?
emi-ba escribió:viewtopic.php?f=6&t=17199
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muchas gracias ahi estare, todavia ni fotos le saque.
por lo que veo tengo que sacar la clase c para el 350
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Re: que registro necesito para oh 1419 ???
Hola a todos.... Una consulta que encierra una esperanza..... jaja !! el hecho de tener el vehìculo registrado como "casa rodante con motor" modifica la categoría del registro de conducir ??? o esto se define solo por el tipo de vhìculo ???
Leì que el lìmite de edad para tramitar la categorìa profesional camiones (clase B y C) es de 65 años. será también el lìmite para renovarlo ?????????????
un abrazo a todos ustedes .
Gustavo
Leì que el lìmite de edad para tramitar la categorìa profesional camiones (clase B y C) es de 65 años. será también el lìmite para renovarlo ?????????????
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Gustavo
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Re: que registro necesito para 350?
Gustavo el B1 te sirve para Casas rodantes motorizadas hasta 3500kg. Despues necesitas el C. Lo de los 65 debe ser para sacarlo por primera vez.
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Re: que registro necesito para 350?
Gracias a Sergio y Miriam... seguirè averiguando. Un abrazo a los dos
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Re: que registro necesito para 350?
hola
ya amplie la categoria de registro la idea estaba en sacar categoria C pero ya que estaba saque E1 por si el dia de mañana quiero enganchar algo para llevar de tiro.
gracias a todos
ya amplie la categoria de registro la idea estaba en sacar categoria C pero ya que estaba saque E1 por si el dia de mañana quiero enganchar algo para llevar de tiro.
gracias a todos
Re: que registro necesito para 350?
Fuiste a rendir con un camion ?
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- claudio2009
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Re: que registro necesito para 350?
Gustavo debe ser para sacarlo por primera vez porque mi viejo tenia profesional y con 68 años se lo siguen dando,eso si,lo renueva todos los añosLeì que el lìmite de edad para tramitar la categorìa profesional camiones (clase B y C) es de 65 años. será también el lìmite para renovarlo ?????????????
un abrazo a todos ustedes .
Gustavo
Lista de reproduccion Viaje al Sur 2
https://www.youtube.com/playlist?list=P ... nYenVJ5Aeu
DISFRUTA DE TUS DIAS,ES MAS TARDE DE LO QUE IMAGINAS...
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