Hola a todos!
tengo que rendir el examen para ampliar mi registro de B1 a B2 en Caba y como ahora en Roca ya no alquilan más tenes que resolver el tema por fuera. Averigue de aquilar y encontre un solo lugar que te cobran $8000!! Alguno sabe de algun otro lugar que alquile o de alguien que alquile? Muchas gracias!!! Saludos
Ampliar registro a B2 - Alquiler de trailer
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Reglas del Foro
Sigamos éstas reglas por favor que son muy simples:
1° Abrir un tema nuevo y PRESENTARSE en el subforo: Temas General < (click aquí). Cuentenos por favor su nombre, ubicación, que movilidad posee, marca, modelo, etc, y cualquier detalle necesarios que desee hacernos saber. (Se recomienda No utilizar mayúsculas, pues equivale a "Gritar"), y es importante Completar los datos del: PERFIL < (click aquí)
2° Realizar las consultas en el SUBFORO CORRESPONDIENTE, (de acuerdo al tema que vaya a tratar), ejemplo: Mecánica, Equipamiento, Seguridad, Campings, etc. NO OLVIDE ACLARAR en el TITULO y en forma breve de que trata, ó a que se refiere su consulta, (no escriba cosas como: "Socorro!!!", ó "Ayudaaaa". Mencione concretamente la Marca, Cosa, ó Lugar que este relacionado con el contenido de SU mensaje).
3° ESTA TERMINANTEMENTE PROHIBIDO ofrecer artículos ó servicios a COMERCIANTES ó EMPRESAS que no hayan sido autorizadas a hacerlo. (para ser Vendedor Autorizado de Rodanteando, deberá solicitar el pedido aquí: >click aquí<
• Faltar en alguna de las reglas básicas mencionadas puede dar lugar a la remoción ó borrado de su mensaje, y reiterarlo conduce a la suspensión temporal ó definitiva del autor •
Gracias.
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- Registrado: Lun Sep 01, 2014 7:26 pm
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Re: Ampliar registro a B2 - Alquiler de trailer
Hola Hernan S.
Se me ocurre que está difícil alquilar trailer para ir a dar un examen.
Si el trailer tiene patente 101, está en infracción. Si bien todavía no sancionan, no es legal usarla.
Si tiene la patente nueva roja, puede usarse con un solo auto, que es con el que patentó.
Solo quedaría que alquiles auto y trailer "emparejados", pero tendría que ser auto de alquiler o coche-escuela o si no tendría que acopañarte el dueño por el tema del permiso de conducción.
La otra opción, mas dificil todavía, es que consigas un trailer con patente propia (de los fabricados con LCM).
Suerte en la búsqueda.
Se me ocurre que está difícil alquilar trailer para ir a dar un examen.
Si el trailer tiene patente 101, está en infracción. Si bien todavía no sancionan, no es legal usarla.
Si tiene la patente nueva roja, puede usarse con un solo auto, que es con el que patentó.
Solo quedaría que alquiles auto y trailer "emparejados", pero tendría que ser auto de alquiler o coche-escuela o si no tendría que acopañarte el dueño por el tema del permiso de conducción.
La otra opción, mas dificil todavía, es que consigas un trailer con patente propia (de los fabricados con LCM).
Suerte en la búsqueda.
- LARGO
- Mensajes: 707
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(antes: 2.1D)
Re: Ampliar registro a B2 - Alquiler de trailer
Amigos:
Por Disposición Conjunta 1/2021 de la ANSV y de la DRNPA, del 26.10.2021 (bájenla del Boletin Oficial del 2810/2021 e imprímanla para tenerla encima y que no los molesten), hasta el 01.04.2022 no habrá sanciones (multa, retención del trailer, etc) para quienes lleven trailer sin homologar y con la "101".
Les copio la parte dispositiva de la norma.
Abrazo
LARGO
DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS Y AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL Disposición Conjunta 1/2021 DISFC-2021-1-APN-ANSV#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 26/10/2021
ARTÍCULO 1°.- Establécese que entre el 1° de noviembre del 2021 y el 1° de abril de 2022 se implementarán, con carácter instructivo, operativos de control y fiscalización de la circulación de los tráileres categoría O1 destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar, que no se encuentren identificados de conformidad con lo establecido por la Sección 14ª, Título II, Capítulo III del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor para esas unidades, a los efectos de comunicar la plena vigencia de la citada normativa. Asimismo, los operativos tendrán por objeto alertar y notificar a los usuarios de la vía pública acerca de las inconductas al conducir y sus eventuales consecuencias.
ARTÍCULO 2°.- A partir del 1° de abril de 2022, la fiscalización comenzará a tener carácter disuasivo y punitivo, siendo pasibles los infractores de las sanciones previstas en Anexo 2 del Decreto N° 779/1995, reglamentario de la Ley N° 24.449.
ARTÍCULO 3°.- A los fines de regular su situación, los poseedores de tráileres categoría O1, exclusivamente destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar deberán cumplir con lo dispuesto por la Sección 14ª, Título II, Capítulo III del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, atento su carácter de interés general dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Por Disposición Conjunta 1/2021 de la ANSV y de la DRNPA, del 26.10.2021 (bájenla del Boletin Oficial del 2810/2021 e imprímanla para tenerla encima y que no los molesten), hasta el 01.04.2022 no habrá sanciones (multa, retención del trailer, etc) para quienes lleven trailer sin homologar y con la "101".
Les copio la parte dispositiva de la norma.
Abrazo
LARGO
DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS Y AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL Disposición Conjunta 1/2021 DISFC-2021-1-APN-ANSV#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 26/10/2021
ARTÍCULO 1°.- Establécese que entre el 1° de noviembre del 2021 y el 1° de abril de 2022 se implementarán, con carácter instructivo, operativos de control y fiscalización de la circulación de los tráileres categoría O1 destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar, que no se encuentren identificados de conformidad con lo establecido por la Sección 14ª, Título II, Capítulo III del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor para esas unidades, a los efectos de comunicar la plena vigencia de la citada normativa. Asimismo, los operativos tendrán por objeto alertar y notificar a los usuarios de la vía pública acerca de las inconductas al conducir y sus eventuales consecuencias.
ARTÍCULO 2°.- A partir del 1° de abril de 2022, la fiscalización comenzará a tener carácter disuasivo y punitivo, siendo pasibles los infractores de las sanciones previstas en Anexo 2 del Decreto N° 779/1995, reglamentario de la Ley N° 24.449.
ARTÍCULO 3°.- A los fines de regular su situación, los poseedores de tráileres categoría O1, exclusivamente destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar deberán cumplir con lo dispuesto por la Sección 14ª, Título II, Capítulo III del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, atento su carácter de interés general dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
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- Mensajes: 4
- Registrado: Mié Sep 01, 2021 2:45 pm
- Marca: Estoy buscando mi rodante
- Modelo: idem
Re: Ampliar registro a B2 - Alquiler de trailer
Hola Hernan,
yo estoy igual
tengo 3 consultas: 1) sigue siendo en roca el examen? no es en costanera ahora? 2) podrías pasar el dato del que alquila tráiler? yo no tengo ninguno aún, 3) se podrá pensar en un alquiler colectivo y combinar varios para sacar el registro al mismo tiempo para amortizar el precio?
yo estoy igual
tengo 3 consultas: 1) sigue siendo en roca el examen? no es en costanera ahora? 2) podrías pasar el dato del que alquila tráiler? yo no tengo ninguno aún, 3) se podrá pensar en un alquiler colectivo y combinar varios para sacar el registro al mismo tiempo para amortizar el precio?